LA FRASE

"POR AHORA NO ESTAMOS PIDIENDO AUTORIZACIÓN PARA QUE LA POLICÍA PUEDA USAR LA PICANA Y EL SUBMARINO, ANTES VAMOS A VER COMO FUNCIONAN LAS REFORMAS QUE PLANTEAMOS." (PABLO COCOCCIONI)
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martes, 2 de julio de 2024

HECHA LA LEY, HECHA LA TRAMPA

 

La ley bases, sancionada el jueves pasado por la Cámara de Diputados, está todavía en trámite de comunicación al Poder Ejecutivo para su promulgación y posterior publicación en el Boletín Oficial.

Salvo que a su majestad Javier I el de los pies de duende se le ocurra alguna idea genial de último momento, como un veto con enmiendas (y promulgación parcial de las partes no vetadas), para insistir con el texto original de los artículos que fueron modificados, especulando con que ambas Cámaras no cuenten con los dos tercios de los votos que exige el artículo 83 de la Constitución para rechazarlo.

Como sabemos, hasta último momento el gobierno amenazó con insistir en el texto original aprobado por Diputados, desconociendo los cambios que se vio forzado a concederle en el Senado a la "oposición dialoguista", entre ellos reducir la nómina de las empresas del Estado a privatizar, eliminando de ella a Aerolíneas Argentinas, el Correo y Radio y Televisión Argentina, la Sociedad del Estado que administra Radio Nacional y la TV pública. Por lo que tratándose de estos fulleros, nada debería sorprender.

Como por ejemplo que ayer -insistimos: cuando aun la ley bases no fue promulgada, ni está en vigencia- aparecieron publicados en el Boletín Oficial el Decreto 553 (completo acá) y el Decreto 548 (completo acá), ambos directamente vinculados a ésta problemática, e indicativos de que no es gente de la que uno se pueda fiar.

El Decreto 553 (que es un DNU) prorroga por otros 180 días el plazo previsto en el artículo 51 del DNU 70/23 (el mega DNU rechazado por el Senado, y sin tratamiento en Diputados) para "la transformación de las Empresas del Estado.", y el Decreto 548 (también basado en el DNU) transforma a Télam Sociedad del Estado en Agencia de Publicidad del Estado Sociedad Anónima Unipersonal (SAU), y aprueba su nuevo estatuto social.

Según él, la nueva sociedad tiene por objeto "...operar como Agencia de Publicidad y Propaganda, entendiendo en la elaboración, producción, comercialización y distribución de material publicitario nacional y/o internacional, tanto dentro del territorio de la República Argentina como en el exterior, en su carácter de Agencia de Publicidad.". O sea, ya no será una agencia de noticias, sino una agencia de publicidad; regida además por la Ley 19.550 de sociedades comerciales, y no por la Ley 20.705 de Sociedades del Estado, norma que -como se ocupan de recalcar ambos decretos- fue derogada por el artículo 40 del mega DNU 70/23. 

La diferencia no es menor: en el régimen de la Ley 20.705 (Sociedades del Estado) las sociedades no pueden ser declaradas en quiebra, ni liquidadas sin autorización legislativa previa del Congreso nacional (artículo 5). En el régimen de la Ley 19.550 (sociedades comerciales) pueden ser disueltas en cualquier momento por las causales previstas en el artículo 94 de la ley, o por otras contempladas por los socios en el contrato de constitución (artículo 89).

Entre esas causales (inciso 1) del artículo 94) está la decisión de los socios, en asamblea convocada al efecto. Lo cual es además muy sencillo de conseguir cuando esos socios son en realidad uno solo, como por ejemplo puede ser en el caso de la sociedad que Milei acaba de crear para suceder a Télam; en un esquema que bien puede replicar en otras empresas y sociedades del Estado (como las que el Senado excluyó de la privatización), mientras rija el DNU 70/23, cuyo plazo para esos fines el propio Milei acaba de prorrogar en seis meses.

Mientras rija el DNU dijimos: como explicábamos acá, de acuerdo con la Ley 26122 no basta el rechazo de una Cámara (en éste caso el Senado) para tumbarlo, y por eso el gobierno demora su tratamiento en Diputados -con la anuencia de la oposición cómplice- porque para ellos es tan importante como la ley bases, o más incluso. Porque sin él -por ejemplo- no podrían estar haciendo este tipo de trapisondas.

viernes, 15 de marzo de 2024

ENTRÓ OTRO PIÑAZO

 

Primero lo primero, como corresponde: el contundente y categórico rechazo del Senado al DNU 70/23 (con una resultado aun más amplio que el que se esperaba) es una bocanada de aire fresco, necesaria en medio de tantas pálidas. Y se inscribe junto con el retiro de la ley ómnibus dentro de las más rotundas derrotas políticas del régimen gobernante.

Sentando el precedente de que por primera vez se rechaza un DNU en esa Cámara, la política ayer dio una señal de vida, en defensa de la Constitución y la democracia; así como de autonomía frente al poder económico que le dio letra al decretazo, que vehiculizaba sus negocios. Esa es la dimensión que tiene lo que pasó ayer.

Por supuesto que el DNU seguirá vigente mientras Diputados no lo rechace, gracias a la Ley 26122 que aprobamos durante el gobierno de Néstor en base a un proyecto presentado por Cristina cuando era senadora, y que debimos cambiar cuando pudimos (antes de que ganara Macri) para que esto no sucediera. 

Pero eso no quita que ayer Milei, su gobierno y sus mandantes reales (que no son los 15 millones que lo votaron) se comieron un tremendo piñazo que los dejó groggys, como se pudo comprobar con sus reacciones inmediatamente posteriores a la votación

Todo el episodio reveló además la descomposición interna del régimen que nos quiso entretener con una pelea entre el presidente y su vice, cuando lo que sucedió es la consecuencia lógica de un gobierno que reniega de la política, no cree en la democracia y al cual no le importan la Constitución ni las leyes. En ese sentido, murieron en su ley, como ya les había pasado con la ley ómnibus.

Pero que hayan recibido un disparo en la línea de flotación no los ha hundido, y cada día que pasa pueden causar muchísimo daño, y lo hacen: como si no bastara con los estragos sociales y productivos que ocasionan las políticas económicas, el propio DNU sigue jodiéndoles la vida a los inquilinos, a los empleados públicos que reciben telegramas de despido, a los usuarios de tarjetas de créditos, a los afiliados a las prepagas, entre muchos otros.

De allí que a partir de hoy mismo hay que seguir trabajando en todos los frentes (en el Congreso, en los tribunales y en las calles) para su total eliminación, así como prepararse para frenar el segundo intento  de ley ómnibus, que por lo que ha trascendido hasta acá, es igual de horrible que la primera. Igualmente para enfrentar las políticas de este gobierno hambreador y entreguista.

Y respecto a la suerte de ese nuevo engendro legal en el Congreso y del DNU en Diputados, lo que sucedió esta misma semana con la sesión fallida que debía tratar la nueva fórmula de ajuste de las jubilaciones y pensiones enciende luces de alerta: el radicalismo (o la casi totalidad de él) ha confirmado las sospechas, y funciona en la práctica en el Congreso como parte de la coalición de gobierno; y las lealtades de muchos de los gobernadores son volubles, al compás de lo que puedan negociar con el gobierno nacional para cada una de sus provincias.

Con la presión tras bambalinas -y esto nunca hay que olvidarlo- de los verdaderos inspiradores y beneficiarios del DNU, que hasta ayer nomás presionaban a los senadores para que lo convaliden: la UIA, la AEA, la COPAL, la AM CHAM, la Mesa de Enlace, es decir, el poder real; que se apresuró a disparar desde sus cañones mediáticos que nada ha cambiado, porque el bando desregulador y privatizador sigue vigente pese al rechazo del Senado.

Y junto a ellos un gobierno que, falto de resultados de gestión para mostrar y con el descalabro económico y social que ha provocado con sus decisiones, intentará cambiar el eje de la discusión y plantear la cosa en términos de una lucha épica contra "la casta y sus privilegios", que se resistiría a resignar. En fin, nada que hasta acá no hayamos visto.  

Pero que lo de ayer fue un tremendo piñazo no caben dudas, y que les entró de pleno, tampoco. Y eso no es poco.

lunes, 15 de enero de 2024

A VER, EXPLICÁME

366 artículos tiene el DNU 70. 

64 derogan total o parcialmente distintas leyes y decretos, incluyendo las leyes de tierras, de abastecimiento, de alquileres y de Sociedades del Estado.

8 modifican la ley de tarjetas de crédito, 11 modifican la ley de warrants. 5 modifican la ley de empleo, 21 modifican la Ley de Contrato de Trabajo, 1 modifica la ley de paritarias y 2 modifican la ley de asociaciones profesionales de trabajadores.

1 modifica la ley de trabajo agrario,4 modifican el régimen del teletrabajo, 1 modifica la reglamentación del derecho de huelga, 46 modifican el Código Aduanero, 3 modifican la ley del Instituto Nacional de la Yerba Mate, 64 modifican el Código Aeronáutico y 2 modifican la ley de expropiación de Aerolíneas Argentinas.

11 modifican el Código Civil y Comercial de la Nación, 2 modifican la ley de empresas de medicina prepaga, 22 modifican la ley de obras sociales, 7 modifican la ley del seguro nacional de salud, 4 modifican la ley de trazabilidad de los productos médicos, 3 modifican la ley de recetas electrónicas o digitales y12 modifican la ley del ejercicio de la profesión farmacéutica.

1 modifica la ley de medios, 3 modifican la ley de Argentina Digital, 14 modifican la Ley del Deporte, 2 modifican la Ley de Sociedades Comerciales,13 modifican el régimen de los registros de la propiedad automotor y 2 son de forma.

664 artículos tiene la ley ómnibus. 

55 modifican total o parcialmente otras leyes o decretos, 26 contienen declaraciones de emergencia y delegación de facultades del Congreso en el Poder Ejecutivo, 4 autorizan la privatización de empresas públicas, 8 modifican la Ley de Administración Financiera, 2 modifican la ley de la Oficina Anticorrupción y 2 modifican la Ley de Ética Pública. 1 suspende la ley de movilidad jubilatoria, y otro transfiere al Tesoro los activos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad de ANSES, para liquidarlos.

25 modifican la Ley de Procedimientos Administrativos, 3 modifican la ley de control de las entidades aseguradoras, 29 modifican la Ley de Sociedades Comerciales (sí, de nuevo), 16 aprueban una moratoria impositiva, 56 aprueban un blanqueo de capitales, 3 modifican la ley del impuesto sobre los Bienes Personales, 11 modifican la ley de impuestos internos, 7 establecen una condonación de sanciones por empleo no registrado, 10 modifican el régimen de comercialización de carnes y 9 modifican el Régimen Federal de Pesca.

46 modifican la ley de hidrocarburos, 5 modifican el marco regulatorio del gas natural, 8 modifican la ley de biocombustibles, 5 modifican el Código Penal, 12 la Ley Nacional de Tránsito y otros 12 reglamentan la protesta social y las reuniones o manifestaciones en espacios públicos, 47 modifican el Código Civil y Comercial de la Nación (sí, de nuevo), 6 modifican el régimen de los archivos judiciales nacionales de la Capital Federal y 16 modifican el régimen de los registros de la propiedad inmobiliaria.

15 modifican el Código Nacional Electoral, 5 modifican la ley de los partidos políticos y 7 la ley de su financiamiento, 19 modifican las leyes de turismo y de agencias de viajes, 6 modifican las leyes de presupuestos mínimos de protección ambiental para humedales, bosques nativos y glaciares, 28 modifican la ley de los 1000 días y 6 la ley Micaela.

7 modifican la Ley de Educación Nacional, 1 la ley de financiamiento educativo, 4 la ley de educación superior y 1 la ley de cooperadoras escolares, 20 modifican la ley del cine, 6 modifican la ley de la música y otros 7 la ley de las bibliotecas populares, 11 modifican la Ley de Empleo Público y 2 la ley de paritarias del sector público nacional, 8 modifican la ley de salud mental, 2 modifican la ley del transporte de cargas, 9 modifican la ley de concesiones de obra pública. 1 ratifica el DNU 70 en su totalidad y 9 son de forma.

Ahora bien, con todo eso adentro expliquen despacito y como para que lo entienda la tía Elvira, como va a servir para terminar con la pobreza y la inflación, y para que seamos como Irlanda en 45 años y coso. Porque si no querés o no podés explicarlo, no nos va a quedar más remedio que terminar pensando que se trata simplemente de curros, negocios, ajuste y recorte de derechos, y que además de querernos cagar, nos están tomando por boludos. 

Tuit relacionado:

sábado, 23 de diciembre de 2023

LÍMITES

 

El DNU de Milei es groseramente violatorio de la Constitución Nacional por donde se lo mire, y no pasa un mínimo control o test de razonabilidad. Ni en la justicia ni en el Congreso. No hay discusión al respecto, ni siquiera entre los "constitucionalistas" del régimen.

No cumple con ninguno de los parámetros que exige la Constitución al respecto, y el debate jurídico en torno a semejante engendro no debería exceder de los 10 segundos. Más de eso, es tiempo perdido al pedo. Pero la cuestión es todo menos jurídica: no faltarán jueces que lo convaliden, ni diputados o senadores dispuestos a levantar la mano para aprobarlo.

Solo con su dictado, Milei y su gabinete se han largamente acreedores a ser destituidos por juicio político, por violar la Constitución. Lejos de arrepentirse, están amenazando con sacar más como ése, demostrando por donde se la pasan.

El DNU no resuelve ningún problema grave ni urgente del país, ni le otorga o amplía derecho alguno a nadie, ni le va a mejorar su vida. Todo lo contrario: está pensado quirúrgicamente para cagarle la vida a la inmensa mayoría de los argentinos, en beneficio de un puñado. Acaso en éste punto merezca detenerse un poco más para explicárselo a quienes se verán afectados por él, pero sin perder de vista que en muchos casos (en especial tratándose de votantes de Milei) uno puede estar tratando con gente con capacidad cognitivas diferentes.

El DNU no tiene ningún propósito patriótico, noble, altruista, de interés común o bienestar general, por el contrario: es una burda y vulgar piñata de negocios privados en la que todos los sectores del poder económico aportaron letra, esperando llevarse su pedazo de la torta, y lo consiguieron: Galperín el negocio de las cuentas sueldo, los bancos exprimirnos aun más con las tarjetas de crédito, Lewis y el emir de Qatar la derogación de la ley de tierras, Funes de Rioja y la COPAL la derogación de la ley de abastecimiento, Paolo Rocca y la AEA la flexibilización laboral, y así podríamos seguir.

Basta recorrer los diarios y medios estos días para ver quienes lo apoyan, y sabremos quienes realmente lo redactaron: Milei es apenas el chancho al que le pegaron los cacerolazos y protestas, para que aparecieran los dueños reales. Todo está muy claro y sobre la mesa, para el que lo quiera ver.

De modo que el problema que plantea el DNU no es jurídico, ni de confusión o incertidumbre, sino estrictamente político: nada más ni nada menos que el dilema central de la política, que es la cuestión del poder. Milei dictó el decretazo porque pudo, y porque cree que puede sostenerlo, sin costo. O que puede pagar los costos que le implique, por ejemplo reprimir la protesta social. Esa es su convicción. La pregunta es cuanta convicción en contrario hay de éste lado. 

Cristina dijo en su momento -aquel ya lejano 9 de diciembre de 2015- "va a pasar lo que ustedes quieran que pase". En realidad debió decir lo que dejemos que pase. O como diría el Indio, "Este asunto está ahora y para siempre en tus manos...". Tuits relacionados:

jueves, 21 de diciembre de 2023

DESCULANDO EL DNU

 

FUJIMORAZO

 

domingo, 19 de diciembre de 2021

DEMASIADO TARDE PARA LÁGRIMAS

 


Cuesta no ver un hilo conductor en el fallo de la Corte sobre el Consejo de la Magistratura y el rechazo de la oposición al presupuesto para 2022 en el Congreso, un hecho inédito en los 38 años de vigencia ininterrumpida de la democracia: el de los restantes poderes, diferentes al Ejecutivo, que perciben la debilidad de éste después de la derrota en las elecciones, y obran en consecuencia. Sin demasiados reparos si, al hacerlo, generan zozobra institucional.

Pero que hay pulsiones golpistas en la oposición que perdió las elecciones del 2019 lo sabíamos desde entonces, más precisamente desde que luego de las PASO de ese año Macri, tras la estruendosa derrota, dejó volar al dólar para castigar a la mayoría de los electores, por haber votado mal. Y que los supremos cortesanos se creen los monarcas para los que no aplican ni la Constitución ni las leyes, ni -mucho menos- el voto popular, también lo sabemos desde siempre: quejándonos de ambas cosas no ganamos nada, y seguimos perdiendo autoridad, que bastante hemos dejado ir en estos dos años.

Nada indica que el contexto político -que es difícil- vaya a cambiar en los dos años de mandato que les restan a Alberto y Cristina, y junto con el presupuesto fallido se fueron (esperemos) las últimas esperanzas presidenciales de conseguir puntos de acuerdo con sectores "racionales" o "responsables" de la oposición. Persistir en esa hipótesis absurda, contra toda lógica aportada por la evidencia de los hechos, a esta altura deja de ser un error político mayúsculo, para convertirse en una tentativa de suicidio, con grandes probabilidades de tener éxito.

Alberto Fernández (como cualquier presidente bajo las reglas de la Constitución que rige en el país) tiene todo el poder que esté dispuesto a ejercer: no más, pero sobre todo, no menos. A menos que persista en el error inaugural de haberse autoprecibido como un gobierno débil y de transición ya desde el arranque mismo de su mandato, cuando gozaba de un respaldo popular que claramente hoy no tiene, incluso en las filas propias. De aquellos polvos, estos lodos.

Puede prorrogar por decreto simple el presupuesto de éste año y gobernar con las facultades resultantes de ello según lo explicado acá; como puede instrumentar por DNU aquellas decisiones que no pasen el filtro del Congreso, excepto en temas tributarios, de legislación penal o que requieran mayorías agravadas o especiales en las Cámaras, como por ejemplo una reforma constitucional. Tiene, como se ve, un amplio margen de maniobra.

Y esos DNU, de acuerdo con la Ley 26122 diseñada por el "Chino" Zanini en el gobierno de Néstor y presentada por Cristina como senadora, siguen vigentes desde su dictado hasta tanto el Congreso no los rechace con el voto negativo de ambas Cámaras, bastando que una de ellas los confirme, para que queden validados. Y si la justicia decidiera avanzar sobre ellos, habrá que avanzar -de una buena vez- sobre la justicia.

Eso, sin contar las importantes atribuciones restantes que el presidente tiene en nuestro sistema constitucional, que no son pocas, ni sobre temas menores: es cuestión de decirise a ejercerlas, sin complejos ni falsos dilemas.

Como se ve, hay muchas cosas que el presidente y el gobierno pueden hacer, excepto una que no solo no pueden, sino que no deben seguir haciendo: que todo siga igual como hasta ahora, con la misma hoja de ruta que nos llevó al fracaso electoral (porque por si alguno no lo advirtió, en las elecciones perdimos, y nos lo están haciendo notar), y que nos llevará a otro fracaso en el 2023, si persistimos en esa línea.

Sin violentar el propio orden constitucional, no hay tiempo para buenos modales, tendidas de mano a amigos imaginarios, o la búsqueda improbable de acuerdos imposibles, con interlocutores dispuestos a sabotear hasta las reglas más elementales de convivencia política: recordemos que acaban de rechazar, sin discusión, el presupuesto.

No hay más tiempo para la queja por la virulencia de los medios (que existe), para los desafíos de la justicia (que son notorios) ni para la intolerencia y beligerancia opositora, que cualquiera puede notar. Nunca debimos contar con que ninguna de esas cosas fueran distintas a como son, pero nunca es tarde para aprender: instalarnos en el lugar de la queja para justificar no hacer nada y entregarnos mansitos a la adversidad es propio de radicales, no de peronistas.

Millones de argentinos nos votaron hace dos años para que gobernemos, no para que nos quejemos de la herencia recibida, o de las circunstancias difíciles en las que nos tocó hacerlo. Pues hagámoslo de una buena vez, y listo, No hay más tiempo que perder, ayer ya fue tarde. Tuits relacionados: 

sábado, 22 de agosto de 2020

NECESARIO Y URGENTE


Al momento de subir estas líneas, no está publicado aun en el Boletín Oficial el DNU al cual se refieren los tuits de Alberto de la apertura, por el cual se declararían como servicios públicos la telefonía celular, los servicios de internet y la televisión paga. Cuando aparezca, haremos en su caso un análisis más detallado, pero la noticia es impactante.

Según dice el presidente, el DNU procura recuperar para el Estado capacidades regulatorias que el gobierno de Macri le quitó en ésta materia: suponemos que referirá al DNU 267 de diciembre del 2015 (el mismo que mutiló la ley de medios), que por ejemplo derogó el artículo 15 de la Ley 27078 de "Argentina Digital", aprobada durante el segundo mandato de Cristina. Precisamente ese artículo declaraba "servicio público esencial y estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en competencia al uso y acceso a las redes de telecomunicaciones, para y entre licenciatarios de Servicios de TIC.".

Señala Alberto que por el DNU qwuedarán congeladas las tarifas de esos servicios hasta el 31 de diciembre, y que en lo sucesivo todo aumento de precios de los mismos requerirá de una autorización previa del Estado: precisamente esa regulación estatal más intensa es una consecuencia de la declaración como servicio público, algo que se venía reclamando desde hace mucho tiempo, incluso desde sectores de la oposición menos recalcitrante. 

Apenas el jueves pasado decíamos acá: "Hace pocos días se conoció un informe sobre la distribución de la pauta oficial del gobierno nacional en el primer semestre del año, que denota que encabezan el reparto los medios del Grupo Clarín, el diario La Nación y hasta el portal Infobae; que hacen punta en la oposición frontal al gobierno, en el armado y difusión de las protestas callejeras opositoras y, en general, en la ofensiva de desgaste contra el oficialismo. 

También veíamos acá como las telefónicas -entre otras empresas- se van a beneficiar con la ampliación de la moratoria, y no se avizoran iniciativas del gobierno para introducir otros jugadores en el mercado de provisión de los servicios de Internet, o revisar la fusión entre Cablevisión y Telecom. Los grupos económicos dueños de los medios son también tenedores de bonos de la deuda argentina, y tienen lazos de negocios con los principales fondos de inversión que hasta último momento bloqueaban el acuerdo, presionando para obtener una mejor oferta. Alguno podría ver todos estos hechos como demostrativos de un respecto irrestricto por Alberto Fernández y su administración de la libertad de prensa, otros somos más escépticos (o realistas), y tenemos la impresión de que estamos pagando las balas con las que nos van a tirar, hasta matarnos si pueden.".

En ese marco, es difícil no entender el DNU como un contragolpe rápido y contundente del gobierno a la maniobra devaluacionista del Grupo Clarín en estos días, a través de fuertes compras de bonos en la operatoria del "contado con liquidación" a través de su controlada Telecom, para hacer subir el precio del billete verde. Sí, la misma Telecom beneficiada por el gobierno permitiéndole entrar a la moratoria ampliada votada hace algunos días, y cuya fusión con Cablevisión está pendiente de revisión aun por el gobierno.

Sea o no es así, se trata de un claro acto de reafirmación de la autoridad presidencial, al mismo tiempo que un duro golpe al corazón de los negocios del Grupo Clarín, y el principio del diseño de una políica pública necesaria, en un área crítica. A esos fines bastaría retomar y profundizar el espíritu original de "Argentina Digital" y la ya citada Ley 27078. 

¿Estaremos acaso ante el inicio de un verdadero "relanzamiento" del gobierno del "Frente de Todos"? Si es así bienvenido sea, y esperemos que no haya reculadas, como en el caso Vicentín, porque habrá que prepararse para la guerra, porque nos van a tirar con todo, comenzando por los jueces de la servilleta de Magnetto: ya deben estar preparando el amparo con cautelar incluida, para paralizar el DNU y tumbarlo. Habrá que aguantar. Tuits relacionados: 

Actualización: Habemus DNU: 

miércoles, 5 de agosto de 2020

SE OLVIDARON DE AVISARLE A WIÑASKY


El DNU 641 que se conoció el domingo prorrogando la cuarentena hasta el 16 de agosto en todo el país trajo como novedad la suspensión por dos semanas de los encuentros y reuniones familiares, en todo el país. Salvo la reacción del gobernador de Corrientes diciendo que lo va a desconocer, ninguna provincia dijo nada al respecto, aunque queda la clara sensación que pagamos el pato todos, por los desbordes de casos en el AMBA.

Que es el lugar donde más se quejan por la medida, para no perder la costumbre, y donde ya aparecieron los que toman el tren en Constitución, a decir que "viola el derecho a la intimidad" (?). Ahora bien, si uno analiza las normas que fue dictando el presidente desde el comienzo de la pandemia y la cuarentena, se pregunta que es lo que realmente cambió, precisamente en el AMBA, el núcleo de los contagios que se terminaron desparramando por todo el país.

La historia comenzó con el DNU 297 del 20 de marzo, que en su artículo 1º dispuso lo siguiente: "A fin de proteger la salud pública, lo que constituye una obligación inalienable del Estado nacional, se establece para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en los términos indicados en el presente decreto. La misma regirá desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año, pudiéndose prorrogar este plazo por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica.

Su artículo 2º señaló: "Durante la vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, las personas deberán permanecer en sus residencias habituales o en la residencia en que se encuentren a las 00:00 horas del día 20 de marzo de 2020, momento de inicio de la medida dispuesta. Deberán abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo y no podrán desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, todo ello con el fin de prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-19 y la consiguiente afectación a la salud pública y los demás derechos subjetivos derivados, tales como la vida y la integridad física de las personas. Quienes se encuentren cumpliendo el aislamiento dispuesto en el artículo 1°, solo podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos.". (las negritas son nuestras)

Clarito ¿no?: en todo el país, todos, salvo los que cumplían tareas esenciales, debían permanecer en sus casas o lugar de residencia, sin desplazarse salvo para comprar lo indispensable. O sea: cero reuniones familiares, en todo el país. El DNU 325 del 31 de marzo y el DNU 355 del 11 de abril prorrogaron el "aislamiento social, preventivo y obligatorio", con los mismos alcances, para todo el país, el primero hasta el 12 de abril y el segundo hasta el 26 de abril, respectivamente.   

El artículo 2º del último de ellos posibilitaba a los Gobernadores de las provincias o al Jefe de Gobierno porteño pedirle excepciones al "aislamiento" al Jefe de Gabinete,, solo para la circulación del personal de determinadas actividades o servicios. O sea, cero reuniones familiares. El 26 de abril apareció el DNU 408, que prorrogó el "aislamiento" hasta el día 10 de mayo de 2020 inclusive, y por el mismo tiempo el mismo mecanismo para las excepciones, que no incluían a las reuniones familiares, en ningún lugar del país: así lo disponía su artículo 4º inciso 2): quedaban prohibidos sin excepción los "Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que implique la concurrencia de personas.", sin importar cuantas fueran éstas.

Con el DNU 459 del 10 de mayo (que prorrogó el ASPO hasta el 24 de mayo inclusive) subsistió la misma prohibición, en su artículo 10º inciso 2). Según el Decreto, solo el Jefe de Gabinete de Ministros, podría disponer excepciones a lo previsto en el artículo, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional y previo requerimiento de autoridad provincial o del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Nada cambió con el DNU 493 del 14 de mayo, que prorrogó las restricciones hasta el 7 de junio inclusive; y al amparo de esa posibilidad de excepción, la provincia de Santa Fe -por ejemplo- por intermedio del gobernador solicitó y obtuvo de la nación la autorización para realizar reuniones familiares, y las reglamentó por el Decreto 474, del 5 de junio.

Con el DNU 520 del 7 de junio llegaron cambios: se distinguía entre aquellas regiones del país con menor número de casos positivos, que pasaban a estar en "distanciamiento social, preventivo y obligatorio", y las que registraban más cantidad de casos, que seguían en "aislamiento social, preventivo y obligatorio", entre ellas el AMBA. Santa Fe por ejemplo (todos sus Departamentos) están desde entonces en "distanciamiento".

Una de las diferencias entre estar en una u otra situación es que los que están en "distanciamiento" pueden hacer eventos en espacios privados (como reuniones familiares en los domicilios) con una concurrencia de hasta diez (10) personas (artículo 9º inciso 1) del decreto). Los que seguían en "aislamiento" (como el AMBA), en cambio, seguían teniendo prohibidas esas actividades, sin importar cuantas personas concurran (artículo 19 inciso 2.). Solo el Jefe de Gabinete podía disponer excepciones ante el requerimiento de la autoridad Provincial o del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La situación siguió exactamente igual con el DNU 576 del 29 de junio y con el DNU 605 del 18 de julio, que prorrogaron el "aislamiento" y el "distanciamiento", quedando el AMBA siempre en "aislamiento". Hasta que se llegó al DNU 641 publicado el domingo pasado, que prohíbe en todo el país los eventos sociales o familiares en espacios cerrados, tanto en las provincias o distritos que están en "distanciamiento" (artículo 9º inciso 2.), como en los que están en "aislamiento" (artículo 18 inciso 2.), dejando sin efecto todas las excepciones anteriores dispuestas al respecto.

Hasta que llegamos al DNU 641 del domingo pasado que, como dijimos, prohibió expresamente las reuniones familiares en todo el país hasta el 17 de agosto, tanto en los lugares donde rige el "distanciamiento social" (artículo 9º inciso 2. del decreto), como en aquellos en los que rige el "aislamiento" (artículo 18 penúltimo párrafo), dejando sin efecto todas las excepciones que con anterioridad dispusiera la Jefatura de Gabinete, para esas actividades.

Y aquí cabe la aclaración: en el AMBA en general y en la CABA en particulares las reuniones familiares nunca estuvieron permitidas, desde que arrancó la cuarentena el 20 de marzo. De modo que si los nueve (9) decretos anteriores que se dictaron con esos alcances no eran inconstitucionales (al menos hasta acá ningún juez los declaró así), no se ve como el último, el del domingo, lo sería "por violar la intimidad", porque la razón de las restricciones es siempre la misma: evitar la circulación, para evitar la propagación del virus y los contagios, en medio de una pandemia que llevó a una emergencia sanitaria, ratificada por el Congreso nacional. 

A menos que los "constitucionalistas" estén defendiendo a los que venían violando sistemáticamente las normas, como los manifestantes anticuarentena, y que hacían igual las reuniones: si no es así y se podían -hasta el domingo- hacer reuniones familiares donde había aislamiento, le hubieran avisado a Wiñasky para que conozca la sobrina.

jueves, 14 de mayo de 2020

EN DEFENSA DE LOS SOBRES


Sobre los cuestionamientos opositores a algunos de los DNU presidenciales, leemos en La Política Online"Como se necesita de ambas Cámaras para anular un DNU, la única garantía para sostenerlas es el dominio del Senado que conserva la vicepresidenta. Lo hará valer este miércoles, en la primera sesión remota del Senado, convocada a sólo fin de aprobar 20 decretos del presidente dictaminados hace 15 días. Cambiemos rechazará dos: el que cierra las fronteras y el que suspende los despidos. Por ahora, Alberto los aplica todos desde que son publicados en el Boletín Oficial, convencido de que no es posible tener sobresaltos con su compañera de fórmula."

"Como explicó LPO, el DNU 457, fechado el domingo y publicado ayer, habilita a Cafiero a remover partidas del presupuesto sin el límite del 5% del total  y el 15% de los gastos corrientes de un área, establecido por la entonces oposición peronista durante el Gobierno de Macri. Además, lo autoriza a reasignar fondos reservados de la Agencia Federal de Inteligencia."

"Camaño prepara para este miércoles un proyecto de ley similar al de Negri, en el que pedirá la derogación del DNU o de algunos de sus artículos, entre ellos los que le permiten gastar el dinero de la Agencia de Inteligencia (AFI) en "fines nutricionales, educativos y sanitarios". Si bien es dinero blanqueado y bancarizado, por primera vez en la historia de la ex Side, considera un antecedente peligroso mover partidas sobrantes de ese organismo a voluntad del jefe de Gabinete y prefiere evitarlo." (las negritas son nuestras)

A ver, por donde empezar entre tanta burrada e hijoputez: por señalar por ejemplo que  los únicos dos DNU vinculados a la pandemia que la oposición rechazó son el que prohíbe los despidos y suspensiones por causa de fuerza mayor, y el que cierra las fronteras. O sea, están cuidando los intereses de sus sponsor en el primer caso, y de su base electoral, en el segundo.

Pero además y respecto al momento desde el cual rige un DNU, recordemos que la Ley 26122 (que reglamenta el trámite de los DNU en el Congreso) dispone en su artículo 17 que "...tienen plena vigencia de conformidad a lo establecido en el artículo 2º del Código Civil. " Se refería al artículo 2° del Código Civil vigente en 2006 cuando la ley se sancionó, que decía: "Las leyes no son obligatorias sino después de su publicación y desde el día que determinen. Si no designan tiempo, serán obligatorias después de los ocho días siguientes al de su publicación oficial. Hoy dice lo mismo el artículo 5° del Código Civil y Comercial aprobado en 2014: "Las leyes rigen después del octavo día de su publicación oficial, o desde el día que ellas determinen.".

Se están refiriendo al DNU 457, publicado en el Boletín Oficial del lunes pasado (verlo completo acá), cuyo artículo 4° suspende durante el ejercicio 2020 la aplicación de los límites a las reestructuraciones presupuestarias que puede disponer el Jefe de Gabinete de Ministros (los llamados "superpoderes") establecidos en el tercer párrafo del artículo 37 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera para aquellas modificaciones presupuestarias necesarias en virtud de medidas dictadas en el marco de las disposiciones del Decreto N° 260/20, o sea el DNU que declaró la emergencia sanitaria por la pandemia. 

Los límites están vinculados a un porcentaje del total de los créditos del presupuesto (5 %) y al 15 % de los créditos asignados a cada finalidad (Administración Gubernamental, Servicios Sociales, Servicios Económicos), o sea que ahora Cafiero podría mover más del 5 % de las partidas (en forma compensada: saca de un lado y pone en el otro), o más del 15 % de una determinada finalidad (igual: saca por ejemplo de gastos en Administración Gubernamental, y lo pasa a Servicios Sociales).

Como si ya no fuera una gansada armar bardo por eso (acá en Santa Fe por ejemplo esos límites ni siquiera existen en la Ley 12510), lo curioso son los cuestionamientos al DNU en tanto dispone sobre el uso de los fondos sobrantes de la AFI, porque se le recortó el presupuesto al organismo de los espías. Primero en su artículo 5° el decreto modifica el Decreto 52/19 dictado por Alberto a poco de asumir y analizado en detalle acá, incorporando entre las finalidades a los que el Jefe de Gabinete puede reasignar las partidas que antes eran para los gastos reservados de la AFI,  "...las políticas públicas de salud que resultan estratégicas para abordar la emergencia social y sanitaria.". No parece necesario abundar respecto a la sensatez de la medida, en las actuales circunstancias. O sí, atento el nivel de taradez de algunos opositores. 

Por esa razón en el artículo 6º del DNU se lo faculta a Santiago Cafiero a "...realizar las reasignaciones presupuestarias que impliquen una reducción de los gastos reservados y de inteligencia en función de lo dispuesto en el artículo 8° del Decreto N° 52/19, exceptuándolo en esa materia y para el presente ejercicio, de lo establecido en el primer párrafo del artículo 37 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional."

¿Qué quiere decir eso? Que éste año, y con las partidas resultantes de la reducción de los gastos reservados de los espías, el Jefe de Gabinete puede disponer gastos vinculados a combatir el coronavirus. Y eso a algunos opositores (como Graciela Camaño y Negri) les molesta, porque el artículo 37 citado de la Ley 24156 reserva al Congreso "...las decisiones que afecten el monto total del presupuesto y el monto del endeudamiento previsto, así como las partidas que refieran a gastos reservados y de inteligencia." (las negritas son nuestras).

O sea, como a través del DNU no se aumenta el endeudamiento, la única conclusión posible es que la oposición se opone a que el gobierno blanquee los gastos reservados, bancarizando el pago de los sueldos a los espías de la AFI, y haciendo desaparecer los sobres y los "gastos reservados". Eso sí: todo en nombre de la transparencia republicana. Esto con Santibáñez no pasaba. 

viernes, 10 de abril de 2020

BUSCANDO ROBAR CÁMARA


Como siempre debería pasar en situaciones de crisis, apenas se desató la pandemia los que estaban al frente del Poder Ejecutivo (en la nación el Presidente, en la provincia el Gobernador) se pusieron al frente, intentando dar respuestas en medio de una situación difícil. Es lo que se espera que hagan los que tienen la obligación de administrar, y en consecuencia, de dar respuestas diarias a las necesidades de la sociedad. Por eso son el Poder "Ejecutivo"; y para eso ambos (presidente y gobernador) tienen atribuciones que les otorgan las respectivas Constituciones.

Las mismas Constituciones que prevén que, en circunstancias de crisis, esas atribuciones puedan ejercerse con mayor energía y decisión, o ampliarse si los Poderes Legislativos (el Congreso y la Legislatura) lo consienten, siempre dentro de los límites constitucionales: la emergencia no socava ni destruye el derecho o las instituciones creadas por la Constitución, sino que las pone en juego con su máxima intensidad para cumplir el fin último del Estado: dar respuestas a la sociedad, satisfaciendo los intereses públicos, o el interés general, en la medida de lo posible; pudiendo incluso para ello restringir temporalmente derechos (como pasa con la libre circulación y la cuarentena), en beneficio del conjunto o para asegurar otros derechos, como la vida o la salud de la población.

En Santa Fe no hay DNU o la figura no está legislada, y Perotti no ha apelado a ellos, pero el período ordinario de sesiones arranca (de acuerdo a la Constitución) recién el 1º de mayo, y hasta entonces la Legislatura estaba convocada por el Legislador a extraordinarias, período en el que -al igual que en la nación- solo puede tratar los temas que proponga el Ejecutivo. 

Pues bien, Perotti propuso primero (antes de la pandemia, pero ya con el sarampión y el dengue entre nosotros) una ley de emergencia sanitaria, y el socialismo se la rechazó; y volvió a insistir en febrero, pero la oposición se tomó casi dos meses en aprobarla, con la pandemia ya declarada, y no la votó a favor.

Se opusieron porque dijeron que la ley le otorgaba "superpoderes" al gobernador, que no los necesitaba porque ya tenía amplísimos poderes, pero igual se negaban a dárselos: una ensalada con todos los climas. Y ahora, cuando la ley salió (o sea que en teoría Perotti podría cerrar la Legislatura según ellos, porque no los necesitaría) quieren sesionar, para "hacer propuestas en medio de la crisis".

En la nación pasó algo parecido: apenas asumió Alberto, logró sancionar la emergencia sanitaria en la Ley 27541, con el respaldo de la mayoría de la oposición. O sea que admitían que, aun antes de la pandemia, la situación sanitaria del país era grave, y ameritaba otorgarle facultades al Ejecutivo para resolverla. Después vino el coronavirus, el aislamiento social obligatorio y lo demás conocido, y ellos mismos decidieron no sesionar, por el riesgo sanitario que conlleva, y llegaron a decir (en palabras de Mario Negri) que "...en tiempos de crisis el comandante debe ser uno, y en ésta batalla el general e el presidente, y nos ponemos a sus órdenes...", palabras más, palabras menos.  

El presidente siguió haciendo lo que hay que hacer (hacerse cargo de la crisis), y aparecieron distintos DNU vinculados a la pandemia, el más resonante el 297, que dispuso el "aislamiento social, preventivo y obligatorio"; medida a la cual se llegó para no tener que implantar el estado de sitio, que supone limitar temporariamente las garantías constitucionales.

Y conforme pasaron los días, el romance de la "oposición colaborativa" con el gobierno se terminó: empezaron los cuestionamientos, las amenazas de que "van a mirar con lupa los DNU que emita el gobierno" (para eso están, háganlo y listo: basta con que se reúna la Comisión Bicameral permanente y los dictamine en contra, ¿o no tienen los números?), que van a controlar las compras que haga el gobierno (para lo cual no necesitan que sesione el Congreso, les basta con que las audite la AGN, en la cual la oposición tiene mayoría de acuerdo con la Constitución, si no se ponen de acuerdo para designar sus auditores, no es problema del gobierno), o que "no se puede cerrar el Congreso", sin explicar bien para que lo quieren abrir.

Eso sin contar que el ala dura de la oposición, encabezada por Marcos Peña en las sombras y Patricia Bullrich en público fogonean los cacerolazos en defensa de los despidos en Techint (denominados "para pedir que los políticos se rebajen el sueldo"), y continúan manteniendo activo al call center en las redes sociales, difundiendo fake news sobre muertes ocultas y morgues desbordadas.

La respuesta a por qué quieren sesionar, es muy sencilla: para generar un show mediático ante las cámaras de la televisión, discutiendo sobre el precio de los fideos o quien se rebaja más los sueldos (eso si logran ponerse de acuerdo entre ellos antes al respecto), sin aportar una sola puta idea a los gobiernos para resolver la crisis; como lo pudo comprobar en carne propia acá Perotti cuando lo convocó a la Casa de Gobierno: un desfile de narcicismo en la hoguera de las vanidades, donde cada uno explicaba que tenía la receta mágica para encarar el problema, pero que -como la fórmula de la Coca Cola- permanecería secreta hasta que decidieran revelarla en una sesión.

Si no nos creen recuerden que también pide que se reúna el Congreso la izquierda, que no tiene senadores, y tiene solo tres (3) diputados en una Cámara de 257, con lo cual la posibilidad de imponer sus proyectos (cualesquiera que sean) es la misma que tiene Macri de agarrar una pala. La idea es tener cámaras para reclamar testeos masivos, o proponer la abolición del capitalismo, por ley.

A propósito de los fideos, recordemos que en Santa Fe la ley de necesidad pública (cuyo artículo 13 establece que los Ministerios de Salud y Desarrollo Social deberán hacer monitoreos de precios y tomar en cuenta en los presupuestos oficiales los precios máximos que fije la nación) terminó siendo sancionada con un puñado de votos, y la abstención en bloque de la mayoría socialista en Diputados, y que en la última sesión del Senado antes de la cuarentena, la oposición se opuso a modificar los regímenes jubilatorios de privilegio de jueces y diplomático, que había pedido modificar un mes antes.

Y ya están advirtiendo ahora que "no hay que estigmatizar a los empresarios que blanquearon", para anticipar que se van a oponer a cualquier proyecto para gravar con impuestos las mayores fortunas del país, único caso que a nuestro entender hoy, en medio de la cuarentena, justifica abrir el Congreso para sesionar.

De modo que el asunto es muy claro y no tiene nada que ver con preocupaciones republicanas por las instituciones, ni nada por el estilo: han advertido que la pifiaron (lo de Lifschitz acá fue patético), que quedaron en off side, que Alberto Fernández en el país y Omar Perotti acá hicieron lo que tenían que hacer, y se convirtieron en medio de la crisis y la incertidumbre, en las únicas voces que trataron de aportar calma y soluciones (en la medida de las posibilidades, que no son muchas) a una sociedad asustada por lo que pasa, y lo que pudiera llegar a pasar.

Si el problema es arrimar propuestas, Alberto está en contacto permanente con todos los gobernadores y el jefe de gobierno porteño (o sea, también con los opositores), y Perotti se reúne casi todos los días con un consejo de expertos en el cual están incluidos los ex ministros de salud del socialismo en la provincia, cosa que en su momento celebraron. Tuit relacionado: