LA FRASE

"POR AHORA NO ESTAMOS PIDIENDO AUTORIZACIÓN PARA QUE LA POLICÍA PUEDA USAR LA PICANA Y EL SUBMARINO, ANTES VAMOS A VER COMO FUNCIONAN LAS REFORMAS QUE PLANTEAMOS." (PABLO COCOCCIONI)
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jueves, 30 de enero de 2020

UNA MUY BUENA NOTICIA


Tal como da cuenta el tuit de apertura, se oficializó ayer la designación de Ricardo Nissen como el nuevo Inspector General de Justicia de la nación, mediante el Decreto 106 firmado por Alberto Fernández (completo acá en el Boletín Oficial). 

Lo cual es una excelente noticia, en primer lugar por las calidades personales y profesionales de Nissen, quien desempeñara ese mismo cargo durante el gobierno de Néstor Kirchner, y posiblemente sea la persona que más conoce en la Argentina de derecho societario.

Pero además Nissen tiene otro punto a su favor: es un férreo opositor a todo lo que tenga que ver con paraísos fiscales, sociedades off shore y empresas pantalla; que solo sirven para evadir impuestos, fugar capitales u ocultar negocios turbios. De hecho, en su anterior paso por la función público se ocupó de reglamentar el funcionamiento de las sociedades extranjeras que operan en el país de modo accidental u ocasional, una de las "cáscaras jurídicas" preferidas para ese tipo de maniobras.

Justamente cuando llegó el macrismo al gobierno, se encargó concienzudamente de tumbar todo el arsenal jurídico defensivo de los intereses públicos que había designado Nissen en su gestión: veíamos en ésta entrada como en 2018 quien lo sucediera en el cargo derogó la Resolución 7/15, por la que se reglamentaba el funcionamiento de las sociedades extranjeras en el país, y su contralor por la IGJ: ver más detalles al respecto, acá; sobre el engendro macrista en la materia.

El plan Macri-Garavano  tendía a convertir a la Argentina en general, y a la ciudad de Buenos Aires en particular, en un paraíso fiscal de baja tributación, mínimos controles legales y registración rápida de sociedades "desmontables", que sirven para diluir responsabilidades, ocultar patrimonios, y lavar dinero. Como el mismo Nissen sostuvo siempre, esos engendros jurídicos nunca pueden tener un fin lícito.  

No consiguieron su objetivo de máxima, que era, lisa y llanamente, suprimir la Inspección General de Justicia (IGJ), o transferir el registro de sociedades por acciones de la nación a la CABA: la repercusión mediática de la movidad hacia el final del gobierno de Macri abortó la maniobra.

Cuenta también el artículo de Infobraden que Nissen incorporaría como asesora de su gestión a la ex Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, quien tuviera que renunciar al cargo para el que había obtenido un amplio respaldo en el acuerdo del Senado de la nación en tiempos de Cristina, por las presiones del macrismo.

Esas presiones provinieron, en parte, del Grupo Clarín porque Gils Carbó, en su paso como fiscal por la justicia civil y comercial, había objetado el acuerdo preventivo extrajudicial que abría paso a la fusión entre Cablevisión y Multicanal; con la que el Grupo sentó su predominio en el mercado del cable.

Pero por sobre todas las cosas, venían del propio Macri, porque Gils Carbó se opuso a la ley de la Legislatura porteña que, allá por el 2008 y siendo Macri Jefe de Gobierno, declaró en forma unilateral la competencia de la CABA para tener su propio registro de sociedades por acciones: ya de entonces venía el plan macrista de convertir a Buenos Aires, en una especie de Panamá.

En tiempos macristas, Ricardo Nissen tuvo también notoriedad porque se opuso con argumentos durísimos al ruinoso acuerdo del gobierno nacional con el Correo de los Macri para licuar su deuda por la concesión fallida; y a la habilitación del financiamiento empresario a las campañas de los partidos políticos: en ésta nota de 2018 de "El cohete a la luna" explicaba en detalle porque permitir eso no solo alteraba las reglas de juego electorales, sino que violaba el propio objeto contractual de las sociedades. 

Con todo esto a la vista, la decisión de Alberto Fernández de reponerlo en funciones, y la de sumar a su equipo a Alejandra Gils Carbó son, sin dudas, una excelente noticia.

domingo, 22 de octubre de 2017

OTRO FALLO VERGONZOSO A LA MEDIDA DEL GOBIERNO


El viernes ya en tiempos de veda se conoció el fallo del juez Cayssials que declara inconstitucional el artículo 76 de la Ley 27.148, que establece el requisito del juicio político para la remoción del Procurador General de la nación, como cabeza del Ministerio Público Fiscal. Pueden leerlo completo acá.

En sus apenas 24 fojas el fallo es una recopilación de barbaridades difíciles de empardar, que lo tornan una pieza de estudio para entender como viene funcionando buena parte del Poder Judicial federal para responder a los objetivos políticos del gobierno de Macri. A saber:

* Quienes promovieron la acción y la cuestión de la legitimación y la existencia de causa: se trata del Colegio de Abogados porteño, el de la calle Montevideo; el que apoyó todos los golpes de Estado en la Argentina y que preside Guillermo Lipera, el presidente del último coloquio de IDEA; y en paralelo la asociación civil "Será Justicia", presidida por el mismo Lipera, y de cuya comisión directiva forman parte Adriana Talerico (la vicepresidenta de la Unidad de Información Financiera desiganada por Macri tras ser asesora del HSBC en causas de lavado de dinero) y Juan Curutchet, el presidente del Bando de la Provincia de Buenos Aires.

Pasándose a nado la exigencia de una "causa" que establece el artículo 116 de la Constitución Nacional (es decir, un pleito concreto entre partes con intereses contrapuestos, una de las cuáles aduce un perjuicio en su contra para pedir la inconstitucionalidad de la norma) para habilitar la intervención de la justicia, el juez inventa una "acción directa de inconstitucionalidad", en cabeza de cualquier ciudadano, para reclamar cuando entiende que una norma viola la Constitución, aunque no le cause ningún perjuicio concreto.

Cabría ver como nos iría a nosotros si intentáramos -por ejemplo- por esa vía pedir ante este mismo juez la inconstitucionalidad del decreto de Macri que permitió blanquear dinero y propiedades no declaradas a los familiares de los funcionarios del gobierno, en contra de la ley sancionada por el Congreso, que expresamente lo prohibía.

* La presentación por parte del Ministerio Público y la de Gils Carbó: como se cuestionaba una garantía de funcionamiento del órgano creado por el artículo 120 de la Constitución como "independiente y con autonomía funcional", el Ministerio Público pidió intervención en la causa como tercero afectado por el resultado de la decisión ("litis consorcio pasivo necesario", artículo 90 inciso 2) del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), el juez la desconoció pero le corrió traslado a título personal a Alejandra Gils Carbó; poniendo así de manifiesto que el propósito final de la maniobra es desplazarla de su cargo.

Acaso para decir -cuando eso suceda- que tuvo su oportunidad para defenderse.

* El artículo objetado estaba en la original ley del Ministerio Público 24.946 (1998), en su artículo 18; y también establecía el requisito del juicio político para la remoción del Defensor General de la Nación, sin que se conocieran en casi 20 años de pacífica vigencia objeciones al respecto del Colegio de Abogados porteño ("Será Justicia" fue creada en el 2012), ni contra ese último caso: prueba evidente de que la maniobra tiene por objeto llevarse puesta a Gils Carbó, no "defender las instituciones".  

* La cita del precedente del fiscal Molinas: el juez cita en apoyo de su resolución el fallo de la Corte Suprema menemista de 1991 que convalidó el desplazamiento por decreto presidencial del entonces Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas Ricardo Molinas; omitiendo que entonces el Ministerio Público dependía del Poder Ejecutivo, pues no había sido sancionada la reforma constitucional de 1994 que le dio el rango que antes señalamos, en el artículo 120 CN. 

* El copy paste de la cita de Bidart Campos: como si sacara los fundamentos de "El rincón del vago", el juez extrajo una parte de la opinión del fallecido constitucionalista en la que sostiene que la nómina de los funcionarios para los que la Constituye exige el juicio político para su remoción no puede ser ampliada por ley del Congreso, cortando la parte (que ven subrayada abajo) en la que dice que exceptúa de ese criterio justamente a las autoridades del Ministerio Público, contempladas en el artículo 120, como un modo de garantizar su independencia funcional: 


* La omisión de la parte en que piden que se inste al Congreso a dictar otra ley: al comenzar el fallo el juez hace la advertencia (con cita de fallos de la Corte) respecto a que los jueces no están obligados a fallar todas las cuestiones planteadas por las partes en la causa, del modo en que estas las han planteado.

Acaso por eso sea que haya omitido la parte en la que los accionantes piden que, una vez declarado inconstitucional el artículo, se inste al Congreso a dictar una ley que establezca otro mecanismo de remoción del Procurador General "ajustado a la Constitución". 

La omisión (que soslaya la posterior intervención del Congreso en el asunto) no es casual: le deja las manos libres a Macri para remover a Gils Carbó por decreto, apelando a las facultades genéricas que le da el artículo 99 inciso 7) de la Constitución, para remover a cualquier funcionario "cuyo nombramiento no está reglado de otra forma por esta Constitución". 

* Párrafo aparte para el allanamiento del gobierno a la demanda: cuando se le corrió traslado al Estado nacional de la demanda, en lugar de defender la constitucionalidad de sus normas como es su obligación, la Procuración del Tesoro y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se limitaron a señalar que ellos tampoco estaban de acuerdo con el artículo, tanto así que habían mandado un proyecto de ley al Congreso para modificarlo.

Lo que supuso un virtual allanamiento del Estado a la pretensión de los accionantes, por lo que es previsible que el gobierno de Macri no apelará el fallo, que le sirve a sus propósitos políticos de cargarse a Alejandra Gils Carbó sorteando un debate en el Congreso en el que seguramente y cualquiera sean los resultados de la elección de hoy, no le darían los números.

¿Ya somos Venezuela o todavía nos falta?

lunes, 24 de julio de 2017

¿SE RINDEN CON GILS CARBÓ? LO QUE ES SEGURO ES QUE VAN POR EL RESTO


En el Boletín Oficial de hoy aparece la Resolución 521 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (verla completa acá) "reglamentando" el procedimiento para los nuevos nombramientos de los jueces que cumplen 75 años, tras el fallo de la Corte que "declaró constitucional la Constitución", y dio marcha atrás en la doctrina del caso Fayt:

De acuerdo con la norma, los jueces y fiscales que quieran volver a ser nombrados se lo tienen que pedir al gobierno, por lo menos un año antes de cumplir los 75 años. El mismo procedimiento vale para los fiscales y defensores.

O sea, los van a tener agarrados de los huevos durante un año esperando ver si los proponen o no, y en ese tiempo les pueden hacer hacer lo que quieran.

Sin embargo, otro dato de interés que arroja la resolución es que el gobierno parece haberse dado por vencido en su intento de rajar por DNU a Alejandra Gils Carbó de su cargo, o por lo menos no dejan dudas que de hacerlo, sería completamente ilegal.

En efecto, uno de los considerandos de la resolución de Garavano dice expresamente lo siguiente: “Que el artículo 62 de la Ley Nº 27.148 prescribe que “El Procurador General de la Nación, los procuradores fiscales, el fiscal nacional de investigaciones administrativas, los fiscales generales, los fiscales generales de la Procuración General de la Nación, los fiscales y los fiscales de la Procuración General de la Nación gozan de estabilidad mientras dure su buena conducta y hasta los setenta y cinco (75) años de edad.” (las negritas son nuestras)

Cuando se entere Macri lo que escribió su ministro a lo mejor lo raja a él.

domingo, 16 de julio de 2017

TODOS SOMOS GILS CARBÓ


Alejandra Gils Carbó resiste el intento de Macri de echarla de su cargo con una dignidad que ya quisiéramos ver en muchos dirigentes políticos y sindicales, en estos tiempos de oprobio. Otra vez -y van- una mujer dando el ejemplo, y marcando el camino.

Macri no ocultó jamás su intención de desplazarla, aun desde antes de asumir como presidente; y desde entonces nunca cejó en su empeño: intentó modificar la ley del Ministerio Público y aplicarle retroactivamente la reforma (que no cuajó en el Congreso) para privarla de sus fueros, de su inmunidad y acotar temporalmente su mandato, llevándose puesta la autonomía funcional que a su cargo le reconoce la propia Constitución Nacional.

La acusan (Macri, sus funcionarios, los dirigentes del oficialismo y los medios adictos al régimen) de militar para el kirchnerismo en tanto forma parte de “Justicia Legítima”, y de favorecer a los dirigentes K que enfrentan causas por presuntos hechos de corrupción. Las pruebas -en tiempos de “posverdad”- te las debo, como diría el presidente.

Omiten que no se encuentra vigente el nuevo Código Procesal Penal de la Nación aprobado por el Congreso en el gobierno de Cristina (que pone el peso de las investigaciones exclusivamente en manos de los fiscales del Ministerio Público), precisamente porque Macri pospuso su aplicación por DNU, dejando subsistente el viejo Código donde los jueces son los que instruyen las causas, excepto que opten por delegar la instrucción en los fiscales.

Gils Carbó dictaminó en contra del tarifazo del gas y de la aplicación del “2 x 1” a los genocidas procesados en causas por delitos de lesa humanidad, y a favor de la libertad de Milagro Sala.

Desde que asumió sus funciones en 2012 creó unidades especiales de la Procuración para combatir la violencia institucional, el narcotráfico, la trata de personas, la violencia de género, el lavado de dinero, los delitos económicos y contra la seguridad social, y las causas de lesa humanidad: todos dramas acuciantes de nuestra sociedad, que en muchos casos debemos a los amigos y socios de Macri, o a sus apoyos sociales.

Pero por si todo eso fuera poco para hacerla acreedora de la furia presidencial, el propio Macri acaba de confesar desde Córdoba con todo desparpajo que es lo que más le molesta de Gils Carbó: la acusa de promover denuncias contra él y sus funcionarios, por hechos de corrupción; denuncia que para Macri “carecen de todo fundamento”.

Así de sencillo: al presidente y sus funcionarios no se los puede investigar, porque él dice que todo lo que dicen de él y de ellos es mentira, y hay que creerle, porque sí, y nada más. Sanseacabó.

Es decir que despejando toda la hojarasca de pucheritos republicanos indignados y discursos para el cacerolismo bobo, lo que queda es el contrabandista de autopartes salvado de la cárcel en los 90’ por la Corte de los milagros menemista, que pretende seguir usufructuando de los beneficios de un Poder Judicial “amigo” para hacer sus negocios, sin interferencias molestas.

Eso, y la enorme dignidad de Alejandra Gils Carbó.

miércoles, 26 de abril de 2017

PROCURADORES


El Colegio de Abogados porteño (el de la calle Montevideo, el propulsor de todos los golpes de Estado producidos en el país) pide que se declare inconstitucional la Ley 24.946 (1998) del Ministerio Público, en cuanto exige que para destituir al Procurador General de la Nación se sustancie un juicio político, con mayoría agravada de dos tercios de los presentes de cada Cámara para habilitar el proceso, y la destitución.

El Colegio es manejado por una lista armada en conjunto entre la UCR y el PRO, su verdadero factótum es Daniel Angelicci, el presidente de Boca y operador judicial del macrismo. El pedido para declarar inconstitucional la ley lo firma -entre otros- Ezequiel Cassagne, del estudio que defendió los intereses de Clarín, La Nación y la Sociedad Rural en sus litigios contra el Estado por la ley de medios, el no pago de impuestos y la devolución del predio de Palermo; respectivamente.

La figura del Ministerio Público Fiscal como órgano extra poder y autónomo dotado de autonomía funcional e inmunidades (artículo 120 de la Constitución) fue introducida en el Pacto de Olivos y el “núcleo de coincidencias básicas” para la reforma de 1994 a pedido de Raúl Alfonsín y el radicalismo. A 23 años de la reforma os legisladores de la UCR (sin dejar de reivindicar al primer presidente de la transición democrática) estaban dispuestos a levantar sus manos en el Congreso, sea modificando la ley para tumbar a Gils Carbó, sea para destituirla por juicio político. Todo sea por preservar a “Cambiemos”.

En casi 20 años de vigencia de la ley, nunca se supo que al Colegio de Abogados porteño le molestara, o le pareciera inconstitucional. Hasta ahora, en que se presta a ser el “Plan B” del gobierno de Macri para echar de su cargo a Alejandra Gils Carbó; porque no le dan los números en el Congreso para el juicio político, y ya fracasó un intento de modificar la ley para limitar temporalmente su mandato, con carácter retroactivo a su designación. Jueces del palo que se presten a declarar inconstitucional la ley (pasando por encima de la propia Constitución y de la discusión legislativa en el Congreso), seguramente no les van a faltar.

Cristina (que sería la encarnación misma del populismo destrozador de instituciones) le propuso a Gils Carbó ser Procuradora General tras el fracaso del pliego de Reposo, y luego de que ella dictaminara (siendo fiscal de cámara) en contra del acuerdo preventivo extrajudicial de Multicanal que allanaba la fusión con Cablevisión (luego aprobada por el gobierno de Néstor, cuando el kirchnerismo estaba en buenas migas con el Grupo Clarín).

Macri, en cambio (que es la representación viviente de la virtud y los valores republicanos) quiere echarla porque cumple su rol: investigar posibles delitos, cometidos por él, sus funcionarios y familiares. Y dictaminar en casos espinosos para el gobierno (como los tarifazos, o la detención ilegal de Milagro Sala), en contra de los deseos del gobierno, y exigiendo que se respeten las leyes y la Constitución.

De esta nueva fase de la ofensiva contra la Procuradora de Macri protagonizada por Angelicci no se han conocido expresiones públicas en contrario de la locuaz Carrió (a la sazón, constituyente en el 94’). Tampoco sabemos si ha tratado el tema en sus habituales reuniones con el presidente.

Por el contrario el ahora ex Procurador del Tesoro, Carlos Balbín, fue elogiado ampliamente por Carrió pese a su estruendoso silencio durante la discusión por el arreglo conlos fondos buitres, y su rol como mínimo secundario en el escándalo del Correo.

Pese al apoyo de la pitonisa, Macri decidió rajarlo, para reemplazarlo por un tipo propuesto por Ernesto Sanz (el descubridor de talentos como Dujovne); porque el tipo le había armado “la ingeniería financiera de campaña”: léase le recolectó guita entre los numerosos y adinerados clientes de su estudio, sobre lo que volveremos más adelante.

Balbín rechazó el ofrecimiento para reemplazar a Leandro Despouy (el ex titular de la AGN) como representante del gobierno ante los organismos internacionales de derechos humanos: acaso no deseaba repetir los papelones de tener que explicar algunas cosas inexplicables que están pasando en la Argentina con los derechos humanos.

Vuele a su cargo de juez en lo contencioso administrativo y tributario de la CABA, de donde venía y en el que tenía licencia; un fuero trabajosamente armado por Angelicci (que lo recomendó para la Procuración), y ampliamente dominado por el PRO desde que gobierna la ciudad: toda una garantía de independencia en el regreso al ejercicio de funciones judiciales, Rodríguez Larreta debe estar temblando. Al parecer, estos detalles se le escaparon a Elisa Carrió cuando decidió defenderlo tan abiertamente.

De acuerdo con el Decreto 201 de Macri (analizado acá), la Procuración General del Tesoro debía intervenir obligatoriamente en los juicios contra el Estado (algo que está obligado a hacer por ley, desde 1947), en aquellos casos en los que pudieran producirse situaciones de conflictos de intereses. El decreto -recordamos- surgió a partir del escándalo del Correo Argentino, que saplicó al presidente y su familia.

Saravia Frías, el reemplazante de Balbín, es un recomendado de Sanz y Dujovne (de quien era funcionario), que cuando le queda tiempo libre entre videos, reuniones en el exterior y tráfico de influencias, quizás haga algo inherente a las funciones del cargo para el cual fue designado. O mejor no, no sea cosa que todo empeore aun más.

Como se ve en la imagen de abajo (sacado de la página web de su estudio) el hombre tiene una gran cartera de clientes, que incluye a casi todas las multinacionales mineras que opera en el país, los principales bancos, empresas agropecuarias y fondos comunes de inversión. Es decir los principales beneficiarios de las medidas económicas tomadas por el gobierno de Macri, incluyendo el blanqueo.

Y también (ver recuadro) al Grupo Macri, lo que lo convierte para el presidente en el hombre ideal para asesorar al Estado en los conflictos de intereses con las empresas de los Macri: se asegura así que no haya conflictos entre los intereses en juego, garantizando los que verdaderamente le importan: los de los negocios propios y de su familia.

Al cierre de ésta edición no se conocen declaraciones de Carrió sobre la salida de Balbín y su reemplazo en la Procuración del Tesoro por uno de los abogados de los Macri. Quizás trate el tema en alguna futura reunión con el presidente. 


viernes, 28 de octubre de 2016

ESPERAR PARA VER


Parece demasiado prematuro suponer que los fracasos que sufrió el gobierno esta semana en el Congreso marcan un cambio de tendencia en los alineamientos políticos, en especial de parte de la “oposición responsable” que encarnan algunos sectores como el massismo, o el bloque de Diego Bossio.

Primero es preciso establecer claramente como se sucedieron los hechos, para luego hacer las valoraciones del caso. Vamos por partes.

El proyecto de ley que poda las facultades del ministerio público para forzar la salida de Gils Carbó se terminó cayendo -en primer lugar- por la embestida de Carrió; que más por coherencia política actuó movida por su necesidad de no dejar de ser la interlocutora privilegiada de Macri en los temas “institucionales. Es decir la misma lógica con la cual embistió en su momento contra Angelicci y sus operaciones judiciales.

Además de eso, no debemos perder de vista que el trazo grueso del proyecto (un auténtico bochorno jurídico por donde se lo mirar) correspondió a Sergio Massa y Graciela Camaño, que aspiraban a quedarse con el control del manejo de los fiscales a cambio de sus votos. Pero tenían un guiño de Pichetto para que luego el proyecto avanzara en el Senado, aunque luego todo terminará como sabemos.

Tampoco hay que menospreciar las reacciones que el proyecto generó en los propios operadores judiciales, comenzando por la influyente Asociación de Magistrados: cuando se conocieron los detalles del proyecto hubo más reacciones afuera del Congreso que adentro, dejando a salvo la oposición del kirchnerismo y la izquierda.

Otro tanto pasó con el régimen de “asociación público-privada” que en su momento analizamos en detalle en ésta entrada: hasta que se pudrió todo con la ley para rajar a Gils Carbó (porque eso es en esencia la reforma del ministerio público), venía con media sanción del Senado (lo que supone el apoyo de los senadores comandados por Pichetto y Abal Medina) sin mayores cambios, y todo parecía indicar que al gobierno le daban los números para aprobarla con el apoyo de Massa y Bossio.

La referencia de Graciela Camaño (la frustrada “jefa efectiva” de los fiscales a través de la bicameral del ministerio público) a venganzas y platos fríos al irse del recinto el deja a las claras que hubo bastante de devolución de gentilezas, más que objeciones de fondo al engendro que privatiza, extranjeriza y concentra la contratación pública.

Lo que no supone desconocer que el proyecto despertó fuertes resistencias al interior de los bloques del Frente Renovador y el Justicialista, en especial por parte de los diputados de extracción sindical.

Justamente Massa y Bossio (en especial el tigrense) se esforzaron en presentar el retorno del proyecto a comisiones como un “vuelto” por el fracaso de la reforma al ministerio público; cuando es tan ral como eso el hecho de que en la votación nominal para decidir que se hacía con él se partieron los dos bloques, y el propio Bossio había votado por aprobarlo tal como estaba, y convertirlo en ley.

Si se relojea el Senado, se advertirá que Pichetto por ejemplo votó sin cuestionamientos la “asociación pública privada”, y estaba dispuesto a hacer lo mismo con la reforma al ministerio público, hasta que apareció Carrió; de modo que empezar a hablar de un reacomodamiento opositor es como mínimo prematuro.

Lo sí queda claro es la fragilidad de la coalición oficialista, que cruje en cada tema a discutir por la sencilla razón de que una cosa es el gobierno (donde prima decididamente el PRO, los radicales decoran y Carrió no participa con cargos de gestión), y otra el Congreso, donde no todos los miembros del interbloque de “Cambiemos” se sienten cómodos con la agenda y los tiempos que trata de imponer Maacri.

¿Significa acaso eso que el oficialismo legislativo se partirá, dificultándole aun más a Macri la gobernabilidad? También sería prematuro concluir en eso, sobre todo cuando en las líneas maestras del programa de gobierno todos los socios de “Cambiemos” coinciden, aunque los minoritarios (la UCR y la Coalición Cívica) con astucia traten de que sea el PRO el que cargue con los costos políticos de defender lo indefendible.

En todo caso ambos temas (de una densidad e importancia relevantes) dejan en claro que la estrategia de “cambio de figuritas” que hasta acá vienen llevando adelante tanto Massa como Bossio está bastante cerca de encontrar sus límites, porque a cada concesión que le hagan al gobierno para que sus iniciativas avancen en el Congreso, no necesariamente le corresponderá otra de Macri, con el mismo peso sustantivo. Y los proyectos del gobierno no vienen livianitos últimamente, como lo demuestran los dos de los que estamos hablando.

La conformación del Congreso se presta para la fragmentación, el filibusterismo, los microemprendimientos legislativos y las groseras contradicciones. Ver si no el ejemplo del “progresismo” encarnado por Stolbizer, que se abstuvo en un caso (el de la asociación público-privada), y en el otro (ministerio público) salió a criticar duramente un proyecto cuyo dictamen había firmado.

La próxima “prueba de fuego” será el presupuesto, en el que hasta acá Massa y Pichetto vienen cocinando todo en la lógica del “cambio de figuritas”; partiendo del hecho incontrastable de que todo gobierno tiene derecho a contar con su presupuesto (algo que muchos de los hoy oficialistas le negaron al kirchnerismo cuando armaron el “Grupo A” en el 2009).

A cambio de supuestas concesiones de Macri a los gobernadores, se aprestan a convalidar el ajuste, la suba de tarifas, el reendeudamiento y las podas en áreas críticas, salvo alguna sorpresa de último momento.

Que podría darse por ejemplo si se siguen agudizando las contradicciones hacia el interior de las distintas “oposiciones responsables”, donde ya se alzan voces críticas (sobre todo en el massismo) porque la estrategia elegida los lleva a un “no lugar”: sin terminar de decidirse a ser opositores, y sin participar de los beneficios de gobernar, sino simplemente de coparticipar en los costos.

¿Nosotros? Tranqui, siempre del mismo lado, desde el principio: del de enfrente de estos impresentables que nos gobiernan.

martes, 25 de octubre de 2016

PRO CURACIÓN


Es posible que haya habido quienes -de buena fe- creyeran que un gobierno de Macri verdaderamente cumpliría con sus promesas de campaña de respetar la división e independencia de lo poderes del Estado, y de reafirmar los valores republicanos.

Si no descubrieron la verdad por ellos mismos tras casi un año de gestión, sería hora de que alguien les de la infausta nueva: Papá Noel son los padres, y los herederos de los elencos civiles de todos y cada uno de los golpes de Estado habidos en el país (además de sus habituales beneficiarios) no serían quienes ostenten los mejores pergaminos en materia de la defensa de las instituciones.

Por si no bastaran el intento de tomar por asalto la Corte Suprema con dos paracaidistas designados por decreto presidencial, la lluvia de DNUS dictados estando el Congreso en receso (cuando era decisión exclusiva del presidente convocar a extraordinarias, si algún tema lo ameritaba por su importancia) para derogar leyes, o el avance sobre la (hasta diciembre) sacrosanta “autonomía” del Banco Central, allí está a la mano para comprobarlo el intento sostenido desde el inicio de remover de su cargo a Alejandra Gils Carbó, sin observar los procedimientos legales previstos para ello.

No conformes con las reiteradas presiones públicas de Macri y su ministro de Justicia para que la procuradora renuncie, el gobierno impulsó una ley modificando el régimen del Ministerio Público, solo en lo tocante a la Procuración, y llevándose puesta la autonomía funcional que consagra para el órgano la Constitución Nacional en su artículo 120.

Un proyecto hecho a la medida de un objetivo (remover a Gils Carbó) de un modo tan burdo y grosero, que hastaPagni en su columna de La Nación de ayer no tuvo más remedio que reconocer que tiene casi el mismo sentido y formato del que la oposición le criticara a Néstor Kirchner cuando quería remover al procurador Sosa en Santa Cruz.

Sin embargo, aquél proyecto no avanzaba tanto sobre las competencias y facultades de la Procuración como lo hace éste; que a partir del pacto tejido (una vez más, y para variar) con Massa, traslada el manejo del organismo de su titular, a una comisión bicameral del Congreso; vulnerando la autonomía funcional que le reconoce la Constitución.

Los detalles del mamarracho han sido debidamente analizados (ver por ejemplo acá a Irina Hauser en Página, e incluso ésta nota de El Cronista), pero es importante resaltar algunas cuestiones que hacen al contexto en el que el engendro avanza en el Congreso; como por ejemplo el hecho de que en el ámbito de la justicia federal sigue rigiendo aun el viejo Código Procesal Penal que pone la investigación de las causas judiciales en cabeza de los jueces, que la pueden delegar en los fiscales pero conservando el control de su sustanciación; de modo que si a lo que se apunta es a agilizar las causas (en especial por hechos de corrupción, más especialmente aun si involucran a funcionarios del gobierno anterior), el problema no está en Gils Carbó.

Mucho menos en Justicia Legítima, porque la mayoría de los fiscales “estrella” del firmamento judicial (Marijuan, Pleé, Moldes, Saénz) pertenecen a la orga consolidada hace décadas en los tribunales, es decir la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Nación.

Ni que decir que la puesta en vigencia del nuevo Código Procesal Penal aprobado en el final del gobierno de Cristina (que sí pasaría el control de las causas a los fiscales del Ministerio Público conducidos por la Procuración) fue acordada por Macri con la “oposición responsable” y se aprobó durante éste gobierno, aunque muchos legisladores (como Pichetto) habían votado en el de Cristina ese Código, tanto como la ley del ministerio público que ahora se quiere mutilar.

Lo que revela que el propósito de la maniobra excede claramente a Gils Carbó y es mucho más profundo; como que está vinculado a la construcción de lo que el coloquio de IDEA calificó sin ambages como “un nuevo orden político”; proceso del cual también forma parte la reforma electoral con la aceleradísima impantación del voto electrónico.

Un nuevo orden al que sectores de la oposición (en especial del peronismo) son invitados a participar para convalidarlo; y está por verse si con la procuración sucede lo mismo que con el aterrizaje de Lamberto en la Auditoría General de la Nación, es decir si también se convierte en una bolsa de trabajo para ex menemistas reciclados (¿García Lema?), expertos en “gobernabilidad”. Aunque con el proyecto, la verdadera jefa de los fiscales pasaría a ser Graciela Camaño.

El atajo elegido (ponerle un límite temporal al mandato del Procurador, y aplicárselo retroactivamente a Gils Carbó) es un disparate jurídico al que apelan porque no pueden sostener en público y en el Congreso (no a través de los medios) un debate como el que supone el juicio político que exige la ley vigente para la remoción; y hasta es dudoso que logren los dos tercios de los votos en el Senado que ésta impone.

Más cuando resultaría sencillo demostrar (porque los comunicadores oficialistas lo han repetido hasta el cansancio) que la carga contra Gils Carbó es apena una parte de una ofensiva mayor que ya se cargó a Rozanski (con la inestimable colaboración del servicial Piumatto) y apunta contra Rafecas, Freiler, y todo juez o fiscal “díscolo” a los propósitos políticos del gobierno.

La idea es además que por aquellos de las barbas del vecino, los ejemplos sean aleccionadores para otros (como por ejemplo Delgado, que investiga a Macri por los Panamá paper´s); de modo que en nombre de la lucha contra la corrupción, lo que el gobierno en realidad está haciendo es construir paso a paso su propio seguro de impunidad.

Algo perfectamente comprensible ven un gobierno de CEO’s que -empezando por el mismísimo presidente- está atravesado por los conflictos de intereses, las sociedades off shore, las cuentas extrañas en paraísos fiscales, las fundaciones flojitas de papeles y los contratos del Estado repartidos a parientes y amigos sospechosamente parecidos a testaferros.

Un gobierno que -recordemos- arrancó “remodelando” la Oficina Anticorrupción para poner al frente a una justificadora serial de sus desaguisados, y que sigue generando desde el Estado plataformas de negocios para los amigos (como las licitaciones de las energías no renovables, o el “plan de reconversión industrial”), mientras con la ayuda de los medios amigos nos entretiene con Lázaro y López, y con las causas contra Cristina.

Eso sin contar con que en un futuro político distinto a alguien (¿acaso a la propia Camaño, constituida en virtual cabeza de la Procuración desde el Congreso?) se le ocurriera ir más allá de los hechos específicamente delictivos y juzgar -por ejemplo- los desaguisados de la política económica.

Pensemos en como le iría a Federico Sturzenegger -apenas sobreseído por prescripción de la estafa del Megacanje- si se evaluara el festival de las LEBAC’s y su costo para el Estado como hoy Bonadío juzga los contratos de dólar futuro firmados durante el gobierno de Cristina.

Señalamientos que necesariamente hay que hacer, porque si bien es cierto que hay ciertas disputas (como la de la confiabilidad de la estadísticas públicas) que no hay que perder el tiempo sosteniéndolas con gente que carece de antecedentes morales para abordarlas porque está más sucia que una papa, tampoco deben dejarse pasar este tipo de truchadas, así como así.

jueves, 18 de agosto de 2016

ARANGUREN, EN LA BOCA DEL POZO


Ayer sobre el filo del mediodía se conoció el dictamen de la Procurador Gils Carbó sobre el tarifazo del gas que está a fallo de la Corte: acá en La Nación pueden acceder al texto completo; en el que entre otros argumentos, se ocupa de detallar todos los miembros del Ministerio Público (fiscales) de juzgados federales de todo el país que dictaminaron en contra de la validez del aumento, acaso curándose en salud de la previsible réplica de Macri sobre que opinó en contra de sus deseos, porque es kirchnerista y adhiere a "Justicia Legítima".

El dictamen le propone a la Corte ratificar el fallo de la Cámara Federal de La Plata que declaró nulas las resoluciones de Aranguren que dispusieron el aumento sobre la base de la falta de realización de las audiencias públicas previas que marca la ley, pero va mucho más allá, destrozando el argumento del gobierno de que para aumentar el precio del gas en boca de pozo a las petroleras (y por ende, el precio con que éste ingresa al sistema de transporte y distribución) no es necesario cumplir con el requisito de la audiencia pública; porque ese aspecto se encuentra regido por la Ley 17.319 de hidrocarburos, y el precio lo fija el mercado.

Dice exactamente Gils Carbó "...resulta determinante apreciar que el precio del gas en PIST representa, en la actualidad, más del setenta por ciento (70%) de la tarifa de gas, tal como señala el Estado Nacional en su recurso extraordinario […] La incidencia de ese componente en la tarifa es particularmente importante en este caso en atención a la magnitud de la totalidad del aumento tarifario”.

Tales aspectos demuestran que la postura del Estado Nacional -orientada a excluir del ámbito de la audiencia pública las cuestiones vinculadas al precio del gas en PIST- implica restringir sustancialmente la eficacia de la audiencia pública para garantizar los derechos constitucionales de información, consulta y participación de los usuarios pues, de ese modo, se recorta el debate sobre la accesibilidad, gradualidad, coherencia, progresividad y previsibilidad sobre el componente más determinante de la tarifa final en el marco de un aumento extraordinario..." (PIST es Punto de Ingreso al Sistema de Transporte, aclaramos. Las negritas son nuestras) 

Traducido: hacer audiencias públicas sin discutir el precio del gas en boca de pozo es lo mismo que no hacerlas, porque no tendrían sentido; y el tarifazo fue brutal (por su magnitud), imprevisto (¿acaso porque Macri prometió en campaña mantener los subsidios?) e incoherente (porque pasó del 2000 % en algunos casos al "tope" del 400 %, sin ningún estudio previo que avale la "rebaja", como no lo hubo para fijar el porcentaje inicial). A propósito: la Procuradora fulminó la dos resoluciones originales, y las dos posteriores "correctivas" que pusieron topes al aumento del 400 % para los consumos familiares, y 500 % para los industriales y comerciales.

Los argumentos son contundentes, y perfectamente aplicables al caso del tarifazo de la luz, porque van en línea incluso con el fallo de la jueza federal de San Martín que lo suspendió: lo que dice Gils Carbó del precio del gas en boca de pozo (que además incide en el precio de la electricidad, porque se usa gas para generarla en las centrales térmicas) aplica al precio del fluido que a partir de los aumentos se pagaría a las generadoras. Sobre ambas cuestiones decíamos nosotros acá que el "precio" de la energía (que es lo que en definitivas se discute) "...participa de un servicio público por accesoriedad indivisible, y en consecuencia está sometido a fuertes regulaciones públicas y no al libre juego de las leyes del mercado." 

Si bien el dictamen no es vinculante para la Corte, deja a los supremos en una encerrona jurídica y política difícil de sortear: los argumentos técnicos son sólidos y tendrían que sacar conejos de la galera para revertirlos, y el contexto político es hostil, de modo tal que un fallo "pro PRO" los haría compartir con el gobierno el costo del extendido rechazo social al tarifazo.

La Corte se apresta a fallar (podría hacerlo hoy mismo) precedida de insólitas apretadas públicas del gobierno y sus medios adictos para que considere los aspectos "políticos y económicos" del asunto, más allá de los tecnicismos legales: lejos quedaron las promesas de campaña de respetar la independencia de poderes (una más y van...), y el compromiso de Macri en su discurso inaugural en el Congreso de no buscar jueces adictos.

El Apocalipsis anunciado por el propio Macri y de él para abajo todos los funcionarios para el caso que la Corte tumbe el tarifazo es un recurso ya utilizado cuando el Congreso se aprestaba a discutir -respectivamente- el arreglo con los fondos buitres y el blanqueo de capitales. Una torpeza mayúscula por donde se la mire, porque no hace más que transmitir la idea de que "el mejor equipo de los últimos 50 años" anda por la gestión a la deriva, sin un plan B ante cada contingencia adversa.

La pobrísima defensa de Aranguren en el Congreso no mejoró para nada el panorama, en tanto ni siquiera quiso discutir el por qué del precio fijado para el gas en boca de pozo ("me resisto a contestar esa pregunta" respondió el ministro a Gioja), porque significaríoa discutir el descomunal negocio de transferencia de recursos de los usuarios a las petroleras que está en el meollo de todo el asunto; como lo señalábamos nosotros: "La política que está detrás del tarifazo (y que es lo que el gobierno no quiere discutir) es la vuelta a un esquema de plena libertad de mercados, con mínimas regulaciones estatales (eliminó el Decreto 1277/12 que regulaba la producción e inversiones en hidrocarburos) y retiro drástico de los subsidios a los consumidores, con "señales de precios" a los operadores privados del mercado."

Los elementos para resolver el entuerto que pondera Gils Carbó en su dictamen estaban todos a la vista del que los quisiera ver, desde el primer día; y solo la tozudez de Macri y Aranguren (no olvidemos eso: Aranguren es Macri) pudo llevar las cosas hasta éste punto, cuando ya está harto demostrada no sólo la ilegalidad del tarifazo sino -fundamentalmente- la resistencia social al ajuste.

Dicen muchos comunicadores del régimen (con y sin despachos oficiales) que Macri ha tomado la cuestión como un desafío a la autoridad presidencial, y por eso trazan algunas semejanzas con el kirchnerismo y la Resolución 125. Si así fuera y la Corte terminara fallando en contra del tarifazo, la pregunta es si Macri puede remontar un "fallo no positivo", y de qué manera.

jueves, 30 de junio de 2016

EL ASALTO AL PALACIO


Leímos acá y acá en El Cronista de ayer que el gobierno acelera su ofensiva para desplazar de su cargo a la Procuradora General Gils Carbó, y algunos jueces federales como Rafecas o Canicoba Corral, que considera “cómplices de la corrupción k”.

En el caso de Gils Carbó, al amparo del caso López lo que busca es acelerar el proyecto de ley modificatoria del Ministerio Público que presentó Garavano (que tuvo seriasobjeciones en el Congreso), a través del cual el mandato del Procurador General (hoy vitalicio como el de los jueces) se reduciría a 4 años. La reforma se aplicaría retroactivamente a Gils Carbó, como consecuencia de lo cual en agosto debería abandonar su cargo, si es que no renuncia antes.

Recordemos que la actual procuradora fue designada con acuerdo del Senado por 63 votos favorables, ninguno en contra y apenas 3 abstenciones, y que tienen inamovilidad en sus funciones “mientras dure su buena conducta” al igual que los jueces; y al igual que ellos solo puede ser removida mediante juicio político.

Precisamente éste mecanismo es el que está intentando activar Carrió en lugar de la ley “a medida para echarla”, acaso para que no le enrostren a “Cambiemos” sus críticas a Néstor Kirchner por el modo en el que se desplazó al procurador Sosa, cuando era gobernador de Santa Cruz. Para promover el juicio político de Gils Carbó se basa en una denuncia de...Marijuan, por la designación presuntamente irregular de fiscales subrogantes.

La procuradora es una piedra en el zapato del gobierno y de lo sectores del poder económico que lo apoyan, desde antes incluso de asumir su cargo: recordemos que siendo fiscal de Cámara fulminó por inconstitucional la ley que Macri le hizo sancionar a la legislatura porteña para que la CABA tuviera su propio registro de sociedades; algo que podría lograr ahora si le traspasan la Inspección General de Justicia, y que le permitiría a la ciudad ser una especie de “Panamá” criollo, con facilidades para la formación y registro de sociedades, con mínimos controles estatales.

También en su momento Gils Carbó se opuso a la homologación del APE (acuerdo preventivo extrajudicial) de Multicanal, a partir del cual se viabilizó su fusión con Cablevisión luego aprobada por el gobierno de Kirchner: una decisión que iba en contra del  gobierno de entonces, pero fundamentalmente de los intereses del grupo Clarín.

Recordemos además que la Procuración General tiene intervención necesaria previa en la mayoría de las causas que se tramitan ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación: de poco le valdría a Macri controlar el tribunal a través de los nuevos jueces, si en causas sensibles para el poder un dictamen previo de Gils Carbó deja en evidencia alguna truchada, aunque luego los cortesanos lo dejen de lado y fallen como necesite el gobierno.

En el caso de los jueces “indeseables” apelarían al método Oarbide: presionarlos con denuncias del oficialismo en el Consejo de la Magistratura para eyectarlos de sus cargos, u obligarlos a renunciar. Lo que demuestra cuan serias son las convicciones “republicanas” de radicales, cívicos y demás miembros de “Cambiemos”: lejos quedaron aquellos tiempos en los que abrazaban al Consejo como el bastión final de defensa de las instituciones, contra “el avasallamiento del kirchnerismo”, llegando incluso a ir a la justicia para impugnar reformas aprobadas por el Congreso a ley que lo reglamenta.

Tan lejos como las palabras de Macri en su discurso inaugural de mandato ante el Congreso, en el sentido de que no necesitaban “jueces macristas”, ni los iban a buscar, y que muy por el contrario iban a garantizarles a los jueces que hagan su trabajo tranquilos, sin interferencia del gobierno.

Muy por el contrario, queda claro hoy que los que no se sumen al “mani pulite” contra el anterior gobierno (el principal objetivo político del gobierno, por momentos el único) corren el riesgo de ver rodar sus cabezas. Si al gobierno realmente le interesara la lucha contra la corrupción, también intentaría desplazar a los jueces o fiscales (como Ercolini o Marijuan) que hacen dormir el sueño de los justos a causas como la de Papel Prensa, las denuncias de Hernán Arbizu por lavado de dinero o la de las 4040 cuentas de la filial suiza del HSBC; o no protegería con los legisladores del oficialismo en el Consejo de la Magistratura a impresentables como Bonadío, el Oyarbide de “Cambiemos”.

No se menciona entre los jueces apuntados a Casanello, que tiene causas urticantes para el PRO como las de las sociedades de Macri en Panamá o la “Time warp”, pero no pasará mucho tiempo antes de que entre en la mira: por ahora prefieren amedrentarlo en el ejemplo de sus colegas, por aquello de las barbas del vecino.

Lo que este operativo de pinzas demuestra es que las promesas de regeneración institucional con las que llegó “Cambiemos” al gobierno van quedando en el camino, como antes pasó con la “pobreza cero”, la “revolución de la alegría” o el segundo semestre: Macri está decidido a tener su propia servilleta de jueces, como en su momento la tuvo Corach; y que al propio Macri tan bien le vino en su hora para que la Corte de los milagros menemista lo hiciera zafar de la causa por el contrabando de autopartes.

Y el operativo funciona con las fuerzas concurrentes de los “prolijos” como Carrió o los “carniceros” como Angelicci o “Pepín” Rodríguez Simón: cuando se trata de subordinar a la política al proyecto político del gobierno (porque a eso y no a un propósito de regeneración moral obedece la cacería judicial de kirchneristas), desaparecen las internas y todos tiran para el mismo lado.

Macri llegó al gobierno reivindicando a Frondizi y va vimos hasta donde llega su “desarrollismo”. Luego inauguró la estatua de Perón, y en estos seis meses nos viene dando muestras sobradas de su sensibilidad social, y su protección de los intereses de los trabajadores y los sectores populares. Esta semana remató su intento de construir su propia “línea histórica” homenajeando a Illia, y pudimos ver (Grindetti, Melconián, Quintana, Aranguren y las propias declaraciones juradas y “fideicomisos ciegos” del presidente mediante) hasta que punto lo tomaron como referencia de honestidad y decencia.

Con esta bliztkrieg con la que pretende tomar por asalto el palacio de los tribunales (de la que es parte esencial la asunción de los dos nuevos miembros de la Corte) y aun a despecho de destrozar la sensibilidad de algunas almas de cristal que lo votaron, nos está demostrando hasta donde llegan sus convicciones republicanas, y su apego a las instituciones. 

sábado, 12 de diciembre de 2015

COMO DIRÍA PIUMATO, LA REPÚBLICA AVANZA A PASO DE VENCEDORES


Se ve que todavía no se deciden a rajarla a la Procuradora General por decreto, por los posible costos, y la están empujando a que se vaya.

Que alguno le avise al que hizo la nota de La Nación que Gils Carbó no tiene "mandato" sino que su permanencia en el cargo es a perpetuidad, "mientras dure su buena conducta", como los jueces.

Y que alguien le avise al ministro que la Ley Orgánica del Ministerio Público se aprobó éste año, incluyendo entre sus normas las atribuciones del Procurador General, a tono con lo que establece el artículo 120 de la Constitución que lo regula como un órgano extrapoderes, con autonomía funcional.

Y esa ley ratifica que el Procurador es sólo removible por juicio político; porque tiene acuerdo del Senado.

Si creen que pueden lograr una ley mejor, todo lo que tienen que hacer es presentar el proyecto para que se debata en el Congreso, y listo. A menos que pretendan aprobarlo por DNU.

En cualquier caso, no se entiende como una persona puede ser un obstáculo para discutir una reforma legal, a menos que lo que se quiera hacer con el Procurador General es privarlo de sus garantías de independencia: la inamovilidad y la remoción solo por juicio político, con mayoría agravada para destituirlo.

Y que también se quiera recortarle atribuciones, de lo contrario no se entiende cual es el obstáculo que plantea Gils Carbó a esos fines.

Que decir de esto otro:


El nuevo gobierno (como cualquiera) tiene todo el derecho del mundo a manifestar la concepción filosófica que quiera, sobre cualquier tema; y gobernar en consecuencia con ella.

Pero el tema es que acá hay una ley sancionada por el Congreso -con amplias mayorías- y declarada constitucional por la Corte Suprema.

O sea que si no les gusta -cosa con la que están en todo su derecho- lo que tienen que hacer es plantear un proyecto en el Congreso para reformarla, o derogarla y reemplazarla por otra.

Mientras tanto, aplicarla como corresponde. ¿O no hay "continuidad de las instituciones" y las "políticas de Estado" son solo una muletilla a la que se apela cuando conviene?

No sea cosa que nos enteremos que el verdadero significado de eso de "se va a terminar el Congreso funcionando como una escribanía del gobierno" significa aplicar alguna solución a lo Figueroa Alcorta o Fujimori, pero soft digamos: no se manda nada al Congreso y se lo deja hibernar porque no nos dan los números.

Mientras tanto gobernamos a puro DNU, cautelares y fallos judiciales.

No sabemos que duró menos de las promesas de campaña: si lo de "unir a los argentinos" (a menos que entendamos por tal reponer a los dictadores en la página web de la Casa Rosada), o de "respetar las instituciones de la república". 

Va a ser lindo verlos a Magioncalda, Gil Domínguez, Risso, Badeni, Sabsay y Monner Sans defender a capa y espada estos mamarrachos. 

miércoles, 2 de diciembre de 2015

LA REVOLUCIÓN DE LA ALEGRÍA VIENE CON CARAS DE CULO, Y LOS TIEMPOS DE LA REPÚBLICA, A PURO DECRETAZO


Leemos al repúblico Adrián Ventura en la tribuna de doctrina: "Para el caso de Gils Carbó se afianza en Cambiemos la idea de avanzar con un decreto de necesidad y urgencia (DNU). Según confiaron varias fuentes, será una norma muy extensa, que modificará la nueva ley de Ministerio Público, número 27.148. En efecto, esa norma recortará las atribuciones de la jefa de los fiscales y modificará la implementación del nuevo Código Procesal Penal -se demorará su entrada en vigencia-. El DNU será muy amplio, pero en lo esencial apuntará a reformar dos artículos clave de aquella ley: el 11 y el 62.

Estas dos normas son las que establecen que el titular de la Procuración General es nombrado por el Presidente con acuerdo de los dos tercios de los senadores y conserva su cargo mientras dure su buena conducta. Según esa ley, la procuradora sólo podría ser removida con un juicio político en el que intervengan Diputados y el Senado, un camino que hoy tendría un final imprevisible. Según entienden en Cambiemos, la Constitución nacional establece taxativamente quiénes son los funcionarios que tienen el privilegio del juicio político: el Presidente, el vice, el jefe de Gabinete, los ministros y los jueces que integran la Corte Suprema. Entonces -explican- es inconstitucional reconocerle ese privilegio a otro funcionario. En otras palabras, Gils Carbó puede ser removida por el Senado o mediante un DNU que haga esa interpretación y que, además, por las dudas, limite la permanencia en el cargo a cuatro o cinco años."
Para que se entienda: Macri va a dictar un DNU modificando la Ley del Ministerio Público, que de acuerdo con el artículo 120 de la Constitución "...es un órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera " cuyos miembros "...gozan de inmunidades funcionales e intangibilidad de remuneraciones. ".
Y la modificación consistiría en recortarle sus funciones al Procurador General (funciones que vienen de la propia Constitución), eliminar el requisito de que sea nombrado con acuerdo del Senado (donde Cambiemos va a tener apenas 16 senadores sobre 72), y que para destituirlo sea necesario hacerle juicio político; lo cual requiere -de acuerdo a la Constitución, a la que se remite la Ley 27.148- acusación de la Cámara de Diputados (artículo 53), y juzgamiento por el Senado, siendo necesario las dos terceras partes de lo votos de los miembros presentes para la destitución (artículo 59). Recordemos que en Diputados "Cambiemos" tendrá 86 legisladores sobre un total de 257.
Para impulsar la reforma, Macri (a través del DNU) modificaría una ley que refiere a un órgano creado por la Constitución y que él y su equipo entienden que es inconstitucional, y así la declararían -de hecho- al modificarla. Considerando que en nuestro sistema declarar si una ley es constitucional o no corresponde exclusivamente a los jueces, del modo propuesto el DNU cual vulneraría de un modo grosero el artículo 109 de la Constitución: "En ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas.".
De acuerdo con el artículo 99 inciso 2) de la Constitución, el presidente puede dictar decretos de necesidad y urgencia "Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o de régimen de los partidos políticos,...". En este caso echando a Gils Carbó sin más trámite, no se trataría de sustituir al Congreso en su función legislativa, sino en la de juzgar en juicio político a funcionarios que gozan de inamovilidad en el cargo; incursionando además en materia penal -lo que está expresamente vedado- porque diferirían la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal aprobado por el Congreso para juzgar los delitos federales.  

Según lo que dice la nota de Ventura, el DNU eliminaría el requisito de que el Procurador (jefe de los fiscales, nada menos) tenga acuerdo legislativo, o sólo pueda ser removido por juicio político, o ambos a la vez (de paso chicos PRO: lean, el artículo que establece lo último es el 76, no el 62 de la ley); y en consecuencia quede a tiro de decreto del presidente: si no le gusta (si lo investiga, ponéle) lo saca -como a un ministro o funcionario-, y listo. O en el mejor de los casos, sujeto a un mandato temporal, en lugar de la estabilidad hasta los 75 años (como lo jueces) que hoy le reconoce el artículo 62 de la Ley del Ministerio Público.

Ambos requisitos (el acuerdo del Senado, la remoción por juicio político) estaban puestos en la Ley 24.946 (1998) en los artículos 5 y 18; y siguen vigentes exactamente igual en la Ley 27.148 sancionada éste año, en los artículos 11 y 76; y Macri los borraría de un plumazo, por DNU. 

El Ministerio Público como órgano extra-poderes fue introducido por Alfonsín en el "núcleo de coincidencias básicas" del pacto de Olivos, y de allí llegó al actual artículo 120 de la Constitución. La UCR votó a favor en 1998 la Ley 24.946 porque ponía en marcha la reforma constitucional, y se opuso éste año a la Ley 27.148 (que es exactamente igual en lo puntos analizados), porque ya tenían en mente echar del cargo a Gils Carbó si llegaban al gobierno; pese a que en su momento sus senadores le prestaron acuerdo para ser designada: recordemos que obtuvo 63 votos positivos y 3 abstenciones, sobre un total de 72 miembros del Senado.

¿Entendés ahora como funcionan la división de los poderes, el diálogo, el consenso y el respeto por las reglas de juego en los nuevos "tiempos de la república" que se vienen, o es necesario hacerte un dibujito?