LA FRASE

"POR AHORA NO ESTAMOS PIDIENDO AUTORIZACIÓN PARA QUE LA POLICÍA PUEDA USAR LA PICANA Y EL SUBMARINO, ANTES VAMOS A VER COMO FUNCIONAN LAS REFORMAS QUE PLANTEAMOS." (PABLO COCOCCIONI)
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domingo, 7 de diciembre de 2014

LLAMADO A LA SOLIDARIDAD: SE NECESITA UN MANUAL PARA ENTENDER A LOS RADICALES


Leemos acá en la corneta que el Senado aprobó esta semana el proyecto presentado por Pichetto y Aníbal Fernández para adelantar al 1º de agosto del año que viene la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial, originalmente prevista para el 1º de enero del 2016.

Sobre el trámite del proyecto, leemos: "como recién obtuvo dictamen ayer en comisión, requirió los dos tercios para habilitar el tratamiento sobre tablas. Para hacerlo, logró el apoyo del interbloque del Peronismo Federal. En tanto, la UCR, el FAP-UNEN y el PRO se opusieron a acelerar los plazos parlamentarios." O sea que los radicales (entre otros) no querían que se aprobara ayer mismo, sino en la próxima sesión.

O no, porque en el párrafo siguiente leemos: "En la votación, el escenario fue diferente. El Peronismo Federal se opuso a adelantar la entrada en vigencia del Código Civil, mientras que la UCR acompañó. "No encontramos razones oscuras", justificó el jefe del bloque radical Gerardo Morales, al explicar por qué su bloque acompañó la iniciativa en el recito, donde el proyecto consiguió media sanción. "Estamos de acuerdo que se ponga en marcha antes", agregó Ernesto Sanz." (las negritas son nuestras)

O sea que en el escaso tiempo que medió en la sesión entre el pedido de tratamiento sobre tablas, y la discusión del proyecto en sí, los radicales cambiaron de opinión: les parecía bien que el Código entrara a regir antes, y no veían nada raro ni oculto en eso.

Lo cual es extraño, porque cuando se discutió en el Senado el Código el año pasado, se levantaron del recinto en medio del debate y se fueron: "Minutos antes de la votación, que resultó en 39 sufragios positivos y uno negativo, el bloque de la UCR se retiró del recinto, a modo de protesta por el tratamiento de la iniciativa.", consignaba entonces la Nación.

A ver si entendés: en noviembre del año pasado les parecía apresurado que el nuevo Código entrara a regir en enero del 2016, pero en diciembre del 2014 les parece bien que entre a regir en agosto del año que viene.

Pero la historia no termina ahí, sigamos en la misma nota: "Ahora, será debatido en Diputados, donde se espera que lo conviertan en ley antes de fin de año.Allí, puede encontrar obstáculos de parte d ela oposición. "Acelerar la discusión del Código Procesal Penal, sacar del Código Civil la responsabilidad del Estado y de los funcionarios ante hechos ilícitos y ahora adelantar la puesta en vigencia de ese Código; nada parece ser casualidad. Y no lo es", dijo a Clarín el diputado radical y precandidato a presidente Julio Cobos ni bien presentaron el proyecto los senadores K. ". (las negritas son nuestras)

O sea que aunque los radicales te levanten la mano en el Senado porque dicen que no ven nada raro en el proyecto (que temita éste el de las "intenciones oscuras" de las leyes), ya te anticipan que en Diputados se van a oponer, porque hay cosas turbias atrás.

Y esas "intenciones ocultas" pasarían en parte por "sacar" del Código un tema (la responsabilidad del Estado y sus funcionarios) que estaba regulado en un sólo artículo (el 1112); y que ya cuenta con una ley sancionada por el Congreso, la 26.944 que está vigente desde agosto de éste año (ver acá el texto).

miércoles, 19 de noviembre de 2014

A LO MEJOR SE FUERON POR ESTO


Hace un tiempo ya cuando empezaba la discusión por el anteproyecto de Código Penal que elaboró una comisión formada por Cristina (que incluía a representantes de la oposición), decíamos que algunos -como Massa- hacían como el tero: por un lado pegaban el grito (criticando determinados aspectos de la reforma), y por el otro ponían los huevos (ocultando los motivos reales de su oposición al proyecto).

Y lo ejemplificábamos en éste post específicamente con el caso de la responsabilidad penal de las personas jurídicas; porque el proyecto la introducía en general y para un número bastante importante de delitos, sobre todo los económicos; un agregado que permitiría sancionar a sus representantes, y también a la sociedad o persona jurídica en sí, cuando el delito es cometido en su beneficio.

Ni falta hace aclarar que la cuestión tiene notoria actualidad por estos días, a propósito de las maniobras ilícitas con el dólar que los controles que está instrumentando el gobierno, vienen develando a diario.

La imagen de apertura corresponde a esta nota de Página 12, que da cuenta de un cambio fundamental introducido en el nuevo Código Civil y Comercial, que pasó completamente desapercibido; y es concretamente el agregado como último párrafo del artículo 2561, del siguiente texto: "Las acciones civiles derivadas de delitos de lesa humanidad son imprescriptibles.".

Sabido es que uno de los aspectos más importantes en las tareas pendientes por la determinación de las responsabilidades en la violación sistemática de los derechos humanos durante la última dictadura, son las complicidades civiles.

Más específicamente la de las empresas y grandes grupos económicos que instaron el golpe, lo nutrieron de equipos, le dieron la letra para sus políticas económicas y sociales y se beneficiaron directamente con ellas.  

Hace muy poco celebrábamos acá que avanzara en la Cámara de Diputados de la nación un proyecto de Héctor Recalde creando una comisión investigadora de esas responsabilidades; a partir de la propuesta que lanzaran Horacio Verbitsky y los demás autores de "Cuentas pendientes" (entre ellos Recalde), el libro que historia los casos más connotados de la complicidad empresarial con la represión.

La modificación introducida en el nuevo Código Civil y Comercial (que pasó desapercibida, al menos en la discusión pública del proyecto) es un paso más que significativo en la misma dirección; pues como se señala en el artículo de Página 12, en la discusión del artículo en el Congreso se dejó sentado que "Con respecto al agregado del último párrafo, se observa que mientras que en el ámbito penal se prevé la imprescriptibilidad de las acciones por la comisión de delitos de lesa humanidad, en el ámbito civil y comercial los reclamos contra personas físicas por su complicidad con el terrorismo de Estado prescriben conforme al régimen general, al igual que los reclamos contra personas jurídicas, con el agregado de que éstas tampoco responden en el ámbito penal. Con el fin de permitir una revisión más profunda del papel de particulares y empresas durante el terrorismo de Estado, se efectúa la presente modificación.".

Y además se señala que "...el Estado ya pagó indemnizaciones; que las empresas no lo hicieron y que eventualmente puede ser diseñado un sistema de topes y de máximos...", así como también que " La reforma permitiría abrir demandas sobre empresas o instituciones como la Sociedad Rural, por ejemplo, más allá de la supervivencia de los responsables o del conocimiento específico de algún hecho de sangre. Las demandas podrían impulsarse para saber qué intervención criminal tuvo alguna de estas organizaciones, dado que puede ser invocado el derecho a la verdad. Y más allá de las víctimas directas, también podrían hacerse presentaciones colectivas.".

Retomando la metáfora del tero del principio, a propósito del proyecto de reforma al Código Penal ¿habrá que buscar en éste artículo -por lo menos en algunos casos- las verdaderas razones del destemplado retiro opositor del Congreso al momento de tratar el nuevo Código Civil y Comercial?

sábado, 31 de marzo de 2012

TRADICIÓN, FAMILIA Y PROPIEDAD


El anteproyecto de ley presentado por Cristina seguramente traerá mucha cola de comentarios y provocará una ímproba tarea de lobbys y contralobbys de los que están en contra y a favor por cuestiones ideológicas y de intereses: éstos últimos seguramente participarán (directa o indirectamente) en la discusión fundamentalmente por su postura contraria o a favor del gobierno.
Por empezar debemos decir que, quienes encabezaron los trabajos técnicos, gozan de gran prestigio como juristas. Al margen de ello se observa que el anteproyecto toca a fondo distintas cuestiones, sobre todo en materia de familia, y eso abrirá un debate profundo en el Congreso y los medios de comunicación serán las tribunas, sobre todo para los que están en contra del kircherismo.
Debemos decir que desde 1987, en que se sancionó la ley de divorcio y hasta estos últimos años, no se produjeron grandes cambios en la legislación en materia de familia con trascendencia en la vida cotidiana. El matrimonio igualitario y la mayoría de edad son los más conocidos.
Lo que se intenta ahora es aggiornar la legislación, lo cual también tendrá un choque con cuestiones culturales tradicionales que pueden herir toda una vida de pensamientos.
Convengamos que en los últimos treinta años la familia matrimonial tradicional ha sufrido un duro embate: el desprestigio alcanzado en parte se debió a los hechos y en parte a la “mala prensa” a que esos hechos dieron pié.
El conformar una familia dentro de la normativa jurídica implica un compromiso, en ese plano, que culturalmente se ha dado de bruces con la realidad social, en no pocos casos. 
Pero, por otro lado, el derecho no puede estar a espaldas de la realidad, y debe acompañarla lo más pronto posible. En algunas cuestiones podemos estar de acuerdo o no, pero lo cierto es que, con los cuidados debidos, el legislador debe tratar que se resguarden los derechos, fundamentalmente de los más desprotegidos.
En esa mirada, pareciera que las opciones liberales en materia de régimen patrimonial matrimonial, favorecerán el casarse sin temor a que el otro “se quede” con la mitad de lo “tuyo”, modificando así el régimen imperativo actual de ganancialidad, que tiene en mira proteger al más débil económicamente en la relación de pareja. 

Por otra parte, en materia de concubinato (uniones convivenciales las llama el proyecto), si se protegen los derechos en extremo, equipararán en la norma esa institución a la matrimonial, por lo que esté bien o esté mal, sería como lo mismo casarse o no: sus diferencias no serán trascendentes. 

En materia de hijos, el alquiler de vientres, la fertilización asistida y la filiación post-mortem, son cuestiones que se dan en la práctica y que es necesario abordar con detenimiento, aunque ninguna ley podrá hacerlo con el gusto o la idea de todos.
En síntesis, la propuesta no es que sea revolucionaria sino que trata de cambiar diversas cuestiones - y no sólo en materia de familia- yendo al hueso, como ha sido la impronta de este gobierno de casi 9 años, en que ha tratado de acompañar y brindar soluciones a las necesidades sociales.

De ahora en más iremos haciendo en el blog otras entradas puntuales sobre los muchos puntos concretos que contiene el proyecto.
Ah, Beccar Varela, Cosme, salute. 

Seguramente te estaremos viendo.