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"VUELVA VD. (A INSULTARME) MAÑANA"

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Expresiones como "hace años que no pegáis ni clavo", "la imagen que los ciudadanos tienen de una funcionaria es la de una señora sentada detrás de una mesa, tocándose la figa toda la mañana", "sois una de las más pesadas cargas que tiene la sociedad actual", "gastáis más que una niña pija en ropa de marca" o "pagamos vuestro caro festín con nuestros impuestos, todo son coces y mala leche" dirigidos contra los funcionarios públicos no son atentatorias contra el honor del colectivo. Así lo establece una sentencia del Tribunal Supremo, de 27 de noviembre de 2008, que fundamenta su fallo en que el colectivo de funcionarios carece de personalidad jurídica y de derechos, como es el de la protección al honor . El ponente, el magistrado Salas Carceller, estima que únicamente cuando la referencia al colectivo implica, de modo directo y autónomo, un atentado al honor individual de quienes lo integran, cabe admitir que un integrante de ese colect...